RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 13 de Agosto de 2013

Ratificar soberanía sobre la plataforma

 

En entrevista publicada por Efe, Carlos Argüello, el agente de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), se refirió a la plataforma extendida de 350 millas y dijo que “Colombia sabe perfectamente cuál es la plataforma de Nicaragua, saben que ellos no tienen una plataforma extensa”, “es un hecho real, es como un lote de terreno, es simplemente una verificación física, eso está completamente (medido), todo el mundo sabe hasta dónde llega la plataforma de cada país, lo único es que se tiene que declarar”.

La cosa no es tan simple. La Convención de Ginebra sobre Plataforma que fue ratificada por Colombia hablaba de una plataforma formada por el lecho y el subsuelo del mar hasta una profundidad de 200 metros o hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permitiera la explotación de los recursos naturales de tales zonas. La Convención de Jamaica (Convemar), de la cual Colombia no es parte, habla de la prolongación natural del territorio de un Estado hasta una distancia de 200 millas náuticas (MN) desde las líneas de base desde las cuales se mide el mar territorial. Excepcionalmente a través de un complicado mecanismo, la plataforma puede llegar a 350 MN, pero el Estado que cree tener ese derecho debe ir a la Comisión de Límites de Plataforma Continental de Naciones Unidas, la que hace “recomendaciones” sobre el tema que solamente son obligatorias para el Estado que las solicitó.

¿Qué hacer, sin embargo, cuando hay plataformas colindantes o enfrentadas y uno de los Estados no es parte de la Convemar? Lo primero es que los tratados se aplican a quien los acepta por cualquier mecanismo y no a terceros. Dice la sentencia de la CIJ en nuestro caso que Colombia aceptó como derecho consuetudinario la definición que da la Convemar sobre plataforma (200 MN desde las líneas de base desde las cuales se mide el mar territorial) pero no el complicado mecanismo que contiene la misma Convención sobre extensión de la plataforma. Y, por supuesto, tampoco la competencia de la Comisión de Límites. Si ello es así, tampoco la CIJ que no quiso darle a Nicaragua las 350 MN, tendría competencia para un nuevo proceso.

Colombia debe reafirmar sus derechos sobre la plataforma del archipiélago y la continental, pero para eso se requiere determinar las líneas de base, lo que no se ha hecho aunque así lo ordenó la Ley 10 de 1978. Tenemos que ser proactivos y no reactivos a lo que haga Nicaragua.

<ASTERISCOS>***

<BODY TEXT>Coda uno. Confieso que me aburre la propaganda al “socialismo” que hacen los venezolanos en la televisión por cable. Igualmente la de los gobiernos colombiano y de Bogotá porque creo que lo que ellos hacen es solamente cumplir su función y que las obras si son buenas se defienden solas.

Coda dos. Los denigrantes de la honra ajena creen que de la calumnia algo queda pero olvidan que, según la Biblia, el que a hierro mata a hierro muere.