RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 20 de Agosto de 2013

San Andrés requiere prudencia

 

Tiene  razón la Canciller en estar furiosa con las filtraciones de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores. En esta Comisión, además del Presidente y la Canciller, tienen asiento el Vicepresidente,  los expresidentes, algunos exministros de Relaciones Exteriores y miembros del Congreso. En ella se tratan muy delicados temas de seguridad nacional. Pero el chisme y los micrófonos son muy atractivos.

Por uno de esos chismes, publicado por la prensa, me enteré de un proyecto de ley “por medio de (la) cual se expiden normas sobre el territorio marino-costero de la Nación y se dictan otras disposiciones”, presentado por la senadora Alexandra Moreno Piraquive, miembro de la Asesora, y que ya fue aprobado en primer debate por la Comisión Segunda Constitucional Permanente. La senadora Moreno es una mujer inteligente y estudiosa, genuinamente preocupada por el caso de San Andrés. El proyecto refleja ese interés.

El proyecto recoge textualmente el artículo 101 de la Constitución, según el cual los límites de la República son los establecidos en los tratados internacionales y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación, disposición que, como es bien sabido, descarta las “sentencias” como la de la Corte Internacional, tema sobre el cual hay opiniones diversas que ameritarían un estudio más detenido. Como consecuencia de lo anterior, el proyecto adopta un mapa del IGAC (sin fecha) que refleja las fronteras marítimas anteriores al fallo de la Corte.

Afirma que la “alta mar son todas las partes del mar, salvo la zona económica exclusiva, el mar territorial, las aguas interiores y las aguas archipelágicas”,  lo cual no es del todo exacto porque los autores afirman que, aunque los Estados costeros ejercen “derechos de soberanía” sobre la zona económica exclusiva, eso no le quita su carácter de alta mar.

Igualmente adopta la definición de plataforma continental contenida en la Convención de Montego Bay, de la  que Colombia no es parte, definición que durante el proceso fue aceptada solo parcialmente por la defensa colombiana. Colombia es parte en la Convención de 1958 que tiene una definición muy distinta y solamente aceptó en La Haya que la plataforma puede tener hasta 200 millas náuticas.

No estoy seguro de que el Congreso pueda dar trámite a un proyecto como este que no fue presentado por el Gobierno y que, hasta donde entiendo, no era tampoco conocido por la Cancillería. El tema tiene muchas aristas jurídicas que hay que manejar con mucho cuidado. Tampoco creo que sea el Congreso la entidad que deba tomar la decisión de desconocer el fallo de La Haya. Es tema del Gobierno, es decir, el Presidente y la Canciller.