RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 24 de Diciembre de 2013

El equipo

El  Gobierno conformó el equipo que nos defenderá ante la Corte Internacional (CIJ) en la segunda demanda de Nicaragua. Lo dirigen dos juristas  colombianos, Carlos G. Arrieta (administrativista) y Manuel  J. Cepeda (constitucionalista), ninguno especialista en derecho internacional. Hay expertos en derecho del mar que son miembros del equipo peruano en su caso con Chile: Tullio Treves que fue miembro del Tribunal del Mar en Hamburgo, el profesor inglés Michael Woods y Rodman Bundy. Este último, junto con Eduardo Valencia que también es del equipo colombiano,  formaron parte de los abogados que perdieron la primera demanda contra Colombia ante la misma CIJ. Está también Pierre-Marie Dupuy, que es del equipo chileno contra el Perú. Además, Matthias Herdegen un excelente jurista, vinculado a las universidades Javeriana y del Rosario, pero no especialista en derecho del mar y Michael Reisman profesor  de Yale. Ojo: otro miembro del equipo peruano, Alain Pellet, lleva muchos años litigando ante la CIJ del lado de Nicaragua.

La Canciller decidió que Colombia asistiera pronta y puntualmente a la CIJ. La ministra había dicho que el hecho de que Colombia había denunciado el Pacto de Bogotá, base de la jurisdicción invocada por Nicaragua, no afectaba porque no se había vencido el año de su denuncia, sin esperar a que ese punto, como corresponde, lo resolviera la propia Corte ya que hay otras teorías sobre el particular.

El fundamento jurídico de la segunda demanda de Nicaragua está en la Convención del Mar de Jamaica, de la que Colombia no es parte. Además la plataforma extendida de 350 millas no es derecho consuetudinario. Pero con la CIJ, tal como está compuesta, nunca se sabe. Y la prueba está en que en la demanda anterior la Corte desconoció el Urrutia-Thomson, un tratado territorial y marítimo, ignorando la norma Pacta sunt servanda (“Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”), algo inconcebible en épocas pretéritas.

En la sentencia anterior la CIJ le dijo a Nicaragua que no podía atender su petición de plataforma extendida porque ese país no había cumplido con el trámite ante la Comisión de Límites de Plataforma -organismo de la ONU que no tiene jurisdicción sobre Colombia y que solamente hace “recomendaciones”- y no porque Colombia no fuera parte de la Convención. La CIJ ha debido rechazar in limine et ab initio la nueva demanda nica. No lo hizo. Y ahora vamos de nuevo como corderos al matadero.

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Dijo el Gobierno que no intervendrá ante la CIDH ni en favor ni en contra en la querella entablada por Petro. La Constitución exige al Presidente jurar el cumplimiento de la Constitución y de las leyes y estas lo obligan a defender a la Nación. Lo que está en juego son los casos de Piedad Córdoba y toda la estructura de sanciones a las fallas de la administración pública, lo que exige la presencia del Gobierno. Si no la hace estaría faltando a sus obligaciones.