Reformar Ley de Reglamento | El Nuevo Siglo
Viernes, 1 de Mayo de 2020

El Congreso de la República se encuentra en una disyuntiva para el cumplimiento de sus funciones constitucionales. No se puede reunir con la presencia de sus miembros por las limitaciones impuestas por las medidas que se han venido adoptando para contener la propagación del coronavirus y todavía persisten las dudas, mientras no se reforme la Ley del Reglamento, sobre la legalidad de las sesiones virtuales para aprobar leyes o actos legislativos. Otra cosa son los debates de control político.

Al darle una mirada a la manera como está funcionando el órgano legislativo en otros países del mundo encontramos que en España, donde rige una monarquía parlamentaria, las Cámaras Legislativas se han adaptado a las limitaciones que impone la pandemia. Las sesiones plenarias se adelantan con la sola presencia de los integrantes de tal corporación que han sido designados por los bloques parlamentarios y con la participación de un número reducido de autoridades. Los demás diputados pueden seguir el desarrollo de la sesión mediante medios electrónicos, lo mismo que ejercer el derecho al voto. Las sesiones de la Comisiones siguen un procedimiento parecido.

Si este mecanismo ha funcionado en España sin mayor traumatismo, entonces es un modelo que bien puede replicarse entre nosotros. En Colombia las bancadas de los partidos en el Congreso bien pueden escoger o designar al parlamentario o grupo de parlamentarios que se considere para adelantar un debate de control político con la presencia limitada de miembros de las demás bancadas.

El problema que surge es que no hay servicio de transporte aéreo sino en los casos que han sido autorizados, pero ello se puede flexibilizar para permitirles a algunos su desplazamiento; también se puede contemplar la posibilidad de que asistan los congresistas que residen en Bogotá y los departamentos más próximos a la capital. Se puede intentar combinar lo presencial con lo virtual.

En Estados Unidos, en donde se registra el mayor volumen de contagios, la votación sigue siendo presencial. En Francia e Italia, con altos niveles de contagio, las votaciones se han hecho con un número reducido de sus integrantes ejerciendo derecho al voto por todo el bloque del que son miembros.

En América Latina se vienen haciendo sesiones virtuales en el Brasil, Chile y Ecuador, mientras que en los demás países -incluido Colombia- hacen esfuerzos para adecuarse a las nuevas circunstancias.

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Cuando avanzaba en la redacción de la columna oí que 30 congresistas de las bancadas alternativas -o sea, la oposición en el legislativo- presentaron una acción de tutela contra el Presidente de la República porque el pasado 22 de abril le enviaron una petición solicitando un informe sobre las acciones tomadas durante la cuarentena.

Manifiestan que el no envío del informe es una vulneración del principio democrático y de los derechos fundamentales al debido proceso, al deber de control político en estados de emergencia y el principio de democracia participativa. Ahí lo que hubo fue un retraso en el envío de la información dentro de los cinco días que prevé el Reglamento, pero no la violación de los derechos que se invocan.