Volo papale | El Nuevo Siglo
Domingo, 10 de Septiembre de 2017

Desde el punto de vista legal los vuelos del Papa en Colombia y su regreso a Roma, en aeronaves de Avianca, gozaban de prerrogativas similares a las de una aeronave de Estado. Pues su uso o destinación, era el de transportar, no solo a la figura espiritual del Papa, sino al Jefe de Estado de la Ciudad del Vaticano y su séquito.

Dignidades que, sobre todo la del Papa, además del significado que tiene para el mundo católico, tenían el carácter de diplomáticos del Estado que nos visitaba de manera oficial y, por lo tanto, le aplicaban los privilegios establecidos en el Convenio de Viena de Sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, del cual Colombia es un Estado parte. En consecuencia, y en virtud del artículo 22 de dicho Convenio, el Estado colombiano tenía la obligación de adoptar las medidas que fueran necesarias para evitar cualquier daño, afectación de la tranquilidad de la visita oficial y por supuesto, evitar que se atentara contra la dignidad de todos los miembros del séquito papal, incluido el Papa.

De manera que era válido permitir, con carácter excepcional, que algunos miembros del personal de seguridad del Papa, volaran con armas de fuego en la cabina de las aeronaves de Avianca que lo transportaron, tanto en los vuelos internos como en el Cartagena -  Roma, tal y como acertadamente se autorizó.

Además, no obstante, se trataba de aeronaves que a simple vista son aeronaves comerciales, dado que su condición era similar a la de una aeronave de Estado,  entre otros efectos legales, ninguno de sus ocupantes se encontraba vinculado a un contrato de transporte y por lo tanto ninguno de sus ocupantes, incluido el Papa, se encontraba protegido por las normas de responsabilidad del transportista aéreo, tanto para el transporte doméstico como el internacional, Código de Comercio y Convenio de Montreal de 1999, respectivamente.

Haberse opuesto a que la seguridad del Papa estuviera armada en la aeronave, hubiera sido equivalente a que la autoridad de tránsito y transporte de Bogotá no hubiera permitido que el Papamóvil, circulara invadiendo un carril de Transmilenio, con una persona de pie, en un platón y sin el cinturón de seguridad. Situaciones que, dadas las circunstancias excepcionales, era de carácter obligatorio autorizar.

@ReyesJuanfelipe