Congreso bajo la lupa judicial | El Nuevo Siglo
Martes, 10 de Julio de 2012

Nuevamente los congresistas serán examinados por denuncias de prevaricato.

Ayer, un auto de la Sala Penal de la Corte Suprema anunció la apertura preliminar de una investigación a los seis senadores que integraron la comisión de conciliación de la reforma a la justicia.

La decisión, firmada por el presidente de la Sala, José Leonidas Bustos, así como por los magistrados Javier Zapata y Julio Enrique Socha, precisó que este proceso 39.314, motivado por denuncia interpuesta por Saul Villar, se acumuló con otros siete en el proceso de única instancia número 39.308, en el que la Corte reunió las acciones judiciales con base en las cuales se investigará la aprobación del proyecto de acto legislativo 07 de 2011.

En este caso fueron denunciados los senadores Jesús Ignacio García y Luis Fernando Duque (Partido Liberal) Eduardo Enríquez y Juan Manuel Corzo (Partido Conservador), Juan Carlos Restrepo (Cambio Radical) y Martín Emilio Morales (La U).

Se presume que en el proceso acumulado también están los representantes Alejandro Carlos Chacón y Orlando Velandia (Partido Liberal), Carlos Edward Osorio y Roosvelt Rodríguez (La U), Gustavo Puentes (Partido Conservador) y Germán Varón (Cambio Radical).

A sabiendas

El prevaricato se configura cuando una autoridad expide una norma a sabiendas de que se trata de una actuación ilegal.

En el caso de la reforma a la justicia, en las objeciones presentadas por el Gobierno se advierte que la comisión de conciliación se extralimitó en sus funciones conciliando, por ejemplo, textos idénticos que no tenían diferencia entre lo aprobado en Cámara y en Senado; los conciliadores también incluyeron temas nuevos que no habían sido debatidos anteriormente o que habían sido rechazados en etapas previas y que, por lo tanto, tampoco eran materia de conciliación

El antecedente más inmediato es la denuncia que instauró el representante Germán Navas, del Polo Democrático, para que la Corte investigara a 86 de sus compañeros que en la madrugada del 17 de diciembre de 2009 aprobaron en plenaria el referendo reeleccionista, tras haberles advertido el propio legislador opositor de que estaban obrando por fuera de la ley.

Para ese caso en particular, los congresistas no estaban facultados para votar el proyecto porque aún no había concluido el trámite previo de certificación de las cuentas del referendo que debía entregar el Consejo Nacional Electoral. De hecho, este fue uno de los argumentos que tuvo en cuenta la Corte Constitucional para declarar inexequible el proyecto de ley que convocaba al referendo.

Según Navas, los congresistas estaban advertidos de que aún no había terminado el procedimiento y "sin embargo resolvieron votar esa iniciativa" violando lo contemplado por la ley.

"Mis compañeros sabían que el Consejo Nacional Electoral no había terminado el procedimiento de revisión de la financiación de la recolección de firmas de los promotores del referendo", aseguró en aquel entonces Navas.

Inviolabilidad

Pero existe otro interesante antecedente. En febrero de 1996, el Fiscal General denunció penalmente en la Cámara al entonces presidente Ernesto Samper.

Tras la investigación de la Comisión de Investigación y Acusación, en la sesión del 12 de junio de 1996, la Cámara resolvió declarar la preclusión de la investigación que adelantaba, pues no encontró motivos suficientes para acusar a Samper ante el Senado.

Esa decisión se adoptó con la votación afirmativa de 111 representantes; 43 la votaron negativamente.

Durante los meses de junio y julio de 1996, varios ciudadanos presentaron ante la Corte Suprema denuncias por la supuesta comisión de diversos delitos, entre ellos, prevaricato, por parte de los 111 representantes que votaron afirmativamente la preclusión. Los denunciantes pretendían, además, invalidar la decisión adoptada por la Cámara. Posteriormente, otros ciudadanos también denunciaron a los 43 congresistas que se apartaron de la decisión adoptada por la Cámara, por la supuesta responsabilidad en delitos iguales o semejantes a los que se imputaban a la mayoría.

Entre esos 111 congresistas estaba la hoy exfiscal Viviane Morales quien entuteló la apertura de la respectiva investigación preliminar.

En sentencia SU047 de 1999, la Corte Constitucional recordó que “el artículo 185 de la Carta establece que los congresistas son ‘inviolables por las opiniones y los votos que emitan en el ejercicio del cargo’. Esta disposición constitucional consagra entonces la inviolabilidad de los senadores y representantes, conocida en otros ordenamientos como la irresponsabilidad parlamentaria”.

“El sentido de la institución en todos los casos es básicamente el mismo: un congresista no puede ser investigado ni detenido, ni juzgado, ni condenado, por los votos u opiniones que haya formulado en el ejercicio de sus funciones”, reiteró la Corte.

En consecuencia decidió “tutelar el derecho fundamental al debido proceso (CP art. 29) de la peticionaria, por cuanto la garantía institucional de la inviolabilidad (CP art. 185) priva, de manera absoluta, a la Corte Suprema de competencia para investigar como delitos los hechos inescindiblemente ligados a las opiniones y votos emitidos por la actora”, es decir, la entonces congresista.

Además, el máximo tribunal constitucional le hizo “un llamado a prevención a los Magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para que se abstengan de investigar como delitos los hechos inescindiblemente ligados a las opiniones y votos emitidos por los congresistas en ejercicio de sus funciones”.

Sin conflicto

Pero además de la inviolabilidad, los congresistas hoy por hoy están amparados por el aún vigente acto legislativo 01 de 2011, de dos artículos, que dio vía libre a que los legisladores pudieran votar reformas constitucionales sin reportar conflicto de intereses.

Por supuesto, sobre la norma ya pesan 15 demandadas, cuyo sustanciador es el magistrado Mauricio González.

Una de las demandas admitidas en los últimos días fue interpuesta por los promotores del referendo revocatorio de la reforma de la justicia, quienes argumentan que "existen mecanismos de control para sancionar a las personas elegidas por el pueblo que no desempeñen sus funciones en pro de la justicia y del bienestar general".

Así mismo, el acto legislativo 01 de 2011 restringe una causal de pérdida de investidura, que es precisamente aquella que permite a los ciudadanos verificar que el mandato sea ejercido y no en provecho propio.

El exzar anticorrupción Óscar Ortiz anunció que le pedirá al presidente Juan Manuel Santos que, el 20 de julio, presente una iniciativa para revocar dicho acto legislativo.

Procuraduría

Otra indagación preliminar, que incluye a los ministros, abrió la Procuraduría.

De acuerdo con la información del Ministerio Público, al recopilar y analizar más de 25 quejas y denuncias presentadas por parte de la ciudadanía, el procurador Alejandro Ordóñez, en virtud de sus competencias, ordenó adelantar la correspondiente actuación disciplinaria.

Para Ordóñez, dado que las quejas obedecen a una actividad en la cual participaron varios funcionarios del orden nacional, la investigación preliminar se adelanta en averiguación de responsables, a fin de individualizar las posibles conductas atribuibles a cada servidor público.

En esta etapa de investigación, el órgano de control solicitó al Congreso todo el trámite correspondiente al acto legislativo, incluidos los roles de los funcionarios en cada una de sus fases, que tuvo como fin la reforma de la Constitución Política de Colombia en aspectos relacionados con la administración de justicia.

De igual forma, la Procuraduría le ofició a la Presidencia de la República para que allegue las objeciones que se presentaron contra dicho acto legislativo, así como el acto o documento mediante el cual se convocó las sesiones extraordinarias al Congreso.

Todos serán investigados

La misma Sala Penal de la Corte Suprema les abrió investigación preliminar a 235 congresistas de ambas cámaras. Se trata del 87,68 por ciento del Legislativo integrado por 286 personas: 102 senadores y 166 representantes.

Esos 235 habrían aprobado de manera presuntamente irregular una ley que castiga la discriminación racial y sexual, por cual fueron denunciados por el delito de prevaricato.

La norma había sido objetada por el Gobierno, fue devuelta al Congreso, se aceptaron las objeciones y se volvió a aprobar, siendo promulgada por el Ejecutivo como la Ley 1482 del 1 de diciembre de 2011, que castiga la discriminación por motivos racionales o sexuales.

El demandante denunció que los congresistas tramitaron la ley como estatutaria y no por acto legislativo, con lo cual habrían omitido sus funciones de control y revisión.

Revocatoria

Pero si hay acusaciones penales a los congresistas, hay también iniciativas que no esperan que la justicia castigue y buscan una sanción social y política: la revocatoria.

Un referendo constitucional, sería el mecanismo de participación ciudadana a través del cual los colombianos podrían reformar la Constitución para que los miembros de la Rama Legislativa puedan ser revocados de su cargo, así como actualmente se puede hacer con los alcaldes y gobernadores.

El mecanismo fue explicado, ayer, por el registrador nacional Carlos Ariel Sánchez en un encuentro que sostuvo con los nueve promotores de la iniciativa.

El referendo constitucional consta de tres etapas: la primera, es la recolección de 160.000 firmas que avalen al comité promotor del proyecto. Segundo, se deben recoger  un millón seiscientas mil firmas, que no sólo apoyarán la propuesta sino que dejarán claro cuál es la pregunta que se hará en el referendo para convocar a la votación de la gente. La tercera medida, será que las firmas lleguen al Congreso de la república, para que los congresistas mediante una ley puedan convocar al referendo.

El equipo de promotores ya está listo y la decisión ya está tomada, es decir, a partir de mañana se iniciará la recolección de las primeras firmas para que el proceso inicie su trámite.

El senador Camilo Romero, del Polo Democrático, pero afín al movimiento Progresistas, quien hace parte del comité promotor dijo que la propuesta no está avalada por ningún partido político sino que es una iniciativa ciudadana y resaltó la importancia de que las personas tengan en sus manos la capacidad de decidir algo tan importante.

“Se necesita un control político social efectivo al Congreso de la República, ellos no pueden hacer lo que quieran y que no ocurra absolutamente nada. El Congreso no puede estar en contra de una voluntad nacional como quedó manifiesto con el tema de reforma a la justicia, así que es absolutamente claro que lo anterior es una lección muy importante para los congresistas, lo cual tiene que quedar explícito en la Constitución”, expresó Romero.

La recolección de firmas empezará mañana en Bogotá en el Parque Santander a las 11 de la mañana y durante esta semana se estarán programando las fechas para otras regiones

Las personas que quieran tener el formato de recolección de firmas deberán ingresar a revoquemoselcongreso.co para descargarlo. Después de que la planilla esté completamente diligenciada deberá ser entregada en el punto de acopio más cercano, los centros de recopilación serán instalados en las principales ciudades del país.

Pasos a seguir

- Conformación del comité promotor: Es necesario recolectar 158.075 firmas válidas para la inscripción del comité ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

- Inscripción y aprobación del Comité promotor ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

- Recolección de firmas para convocatoria de Referendo Constitucional: Es necesario recolectar 1.580.750 firmas válidas en todo el país.

- Presentación de firmas y aprobación del proceso por parte de la Registraduría.

- Sometimiento del Proyecto de Ley ante el Congreso de la República para la convocatoria de Referendo (su aprobación se surtirá en cuatro debates)

- Convocatoria y realización de referendo.