El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), expidió el Decreto 088 del 24 enero de 2022, que establece los lineamientos, plazos y condiciones para la digitalización y automatización de trámites. Con ello, el MinTIC formula los lineamientos para que las autoridades faciliten, agilicen y garanticen el acceso a los trámites mediante medios digitales.
“Con esta nueva normativa, establecemos un elemento fundamental para seguir avanzando en la transformación digital del país y el fortalecimiento de la relación entre la ciudadanía y el Estado”, dijo la ministra de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Carmen Ligia Valderrama Rojas.
Se estima que para el 2037 la digitalización de trámites supere los 70 mil, correspondientes a más de dos mil autoridades de la Rama Ejecutiva nacional y territorial y a particulares que cumplan funciones públicas y/o administrativas.
La digitalización y automatización se llevará a cabo de manera gradual, teniendo en cuenta la demanda y complejidad particular de cada trámite y la cantidad de procesos de cada una de las entidades. De esta manera, se desarrolló un método de estimación que permite asignar plazos diferenciales a las entidades en función de la cantidad de trámites, el desempeño institucional, el nivel de demanda y complejidad de sus trámites, así como la evolución de la tecnología y las características socioeconómicas de los municipios en donde operan las entidades.
Como resultado, tanto las entidades nacionales (136) como las entidades territoriales (2.088) se organizaron en tres grupos, cada uno de los cuales tiene asignado un plazo diferente para digitalizar y automatizar sus trámites.
Al respecto, Iván Durán, viceministro de Transformación Digital del MinTIC, precisó: “La gestión de esta digitalización y automatización de trámites inicia a finales de este mes de enero y se espera que, al cierre del 2037, las autoridades estén cumpliendo a cabalidad con la norma y en los plazos establecidos”.
La transformación digital permitirá seguir mejorando la calidad y la eficiencia de la oferta de servicios del Estado para ahorrar costos, mejorar los procesos y, especialmente, que la ciudadanía genere mayor cercanía y se sienta respaldada por un Gobierno que piensa y atiende sus necesidades.
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Carpeta digital ciudadana
Con este decreto se amplían las funciones que se pueden encontrar en la Carpeta Digital Ciudadana. Para poder utilizar los servicios de esta carpeta, es necesario entrar al portal www.gov.co, allí dar clic al ícono que dice: Ingresar a Carpeta Ciudadana. Allí se debe registrar si aún no lo ha hecho. El portal le pedirá datos como su número de cédula, correo electrónico, dirección y números de teléfono.
Posteriormente le realizará algunas preguntas de seguridad para validar su identificación; al responderlas correctamente, podrá acceder.
Acepte los términos y condiciones para el uso de Carpeta Ciudadana Digital y la opción compartir datos. Revise la bandeja de entrada de su correo electrónico, active y empiece a tramitar sus documentos con entidades públicas a través de su Carpeta Ciudadana Digital.
Ya una vez en el portal verá las interacciones que tenga con algunos organismos estatales, divididos por categorías. Por ejemplo, en la categoría de transporte y vehículos hallará trámites del RUNT.