Un total respaldo al papel de la Superintendencia de Sociedad en su lucha contra el soborno internacional, dio la Organización No Gubernamental Transparency International. La ONG destacó este hecho en su informe “Exportar la Corrupción”.
Entre las acciones destacadas por esta organización no gubernamental se encuentra el inicio de diversas investigaciones por soborno transnacional, la sanción contra Inassa por el soborno de funcionarios públicos en Ecuador y la suscripción de acuerdos de cooperación y asistencia con otros países.
“Hace menos de tres años que Colombia expidió su primera ley Contra el Soborno Transnacional y desde entonces no solo creamos un laboratorio forense de talla mundial, sino que logramos una primera sanción efectiva que le manda un mensaje claro a la sociedad”, dijo el superintendente de sociedades Francisco Reyes Villamizar.
Estrategia
El informe de la Transparency International alienta a Colombia a fortalecer las capacidades y recursos de la Superintendencia de Sociedades en materia de lucha contra el soborno transnacional y a explorar nuevos mecanismos legales de sanción.
Reyes Villamizar recordó además que las facultades sancionatorias de la Superintendencia de Sociedades, en materia de soborno transnacional, se ejercen cuando cualquier persona jurídica, por medio de empleados, contratistas, administradores o asociados, dé, ofrezca o prometa, a un servidor público extranjero, sumas de dinero o cualquier objeto de valor pecuniario a cambio de que este realice, omita o retarde un acto relacionado con sus funciones.
Para detectar, investigar y sancionar las conductas de soborno internacional, añadió Reyes, la Superintendencia de Sociedades creó un grupo de trabajo especializado en la materia, entrenó al personal investigador y puso en marcha un laboratorio forense dotado de modernas tecnologías. De igual forma, la entidad se ha dado a la tarea de fortalecer la cooperación internacional mediante la suscripción de memorandos de entendimiento con varios países de la región.
Facultades
Incluso señaló que el artículo 5º de la Ley 1778 de 2016, faculta a la Superintendencia de Sociedades para imponer, entre otras sanciones, multas de hasta 200.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes incurran en la referida conducta.
La misma norma, agregó en su artículo 7º, que las sanciones por Soborno Transnacional se pueden graduar conforme a criterios tales como el de la colaboración, el reconocimiento o aceptación expresa de la infracción. Estas circunstancias se dieron en el presente caso.
A partir de la Ley 1778 de 2016 la Superintendencia de Sociedades adquirió facultades para perseguir y sancionar las conductas de soborno de funcionarios públicos en el extranjero por parte de empresas radicadas en Colombia.
Desde entonces la entidad ha realizado, entre otras, las siguientes acciones: exigió a cerca de 500 compañías de sectores en riesgo que adopten programas de ética y prevención del soborno. Además habilitó un canal de denuncias anónimas en la página web para recibir información de posibles sobornos.
Asimismo invirtió en la creación de un moderno laboratorio forense y conformó un grupo élite de investigadores, activó mecanismos de cooperación internacional, inició varias investigaciones y sancionó a las compañías y personas que intentaron obstruirlas, y también publicó una Guía de Orientación para las empresas sobre la lucha contra este flagelo
“La Superintendencia de Sociedades continuará con la tarea de fortalecer la lucha contra el soborno internacional. Para el efecto, seguirá desplegando todas las facultades que le confiere la Ley 1778 de 2016” concluyó Reyes Villamizar.