TRAS LA polémica de los cierres de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a grandes cadenas de mercados como Éxito y Olímpica, la Federación Nacional De Comerciantes (Fenalco), envió un contundente mensaje al presidente de la República, Gustavo Petro, pidiéndole que no confunda a los colombianos sobre dicha situación.
Con relación al cierre de los almacenes, Petro comentó en su cuenta X: “Por favor paguen los impuestos...”, palabras que llamarón la atención de Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, quien explicó que lo sucedido en los supermercados fue a causa de las irregularidades detectadas por la DIAN en el proceso de expedición de la factura electrónica, no en el no pago del impuesto como señaló el mandatario.
“Ninguno de estos comercios ha sido cerrado por no pago de impuestos, como equivocadamente lo dice el presidente Petro”, agregó.
Asimismo, señaló que la situación que derivó el sellamiento temporal de los supermercados no debe ser utilizado para confundir o generar dudas en la opinión pública, ya que, según Cabal, dichas empresas han ayudado al crecimiento del país.
“No confundir a la opinión pública generando un manto de duda sobre el comercio y empresas comprometidas con el crecimiento del país”, indicó.
Por otro lado, el líder de Fenaco aseguró que el nuevo reto operativo en cuanto a la tecnología y servicio al cliente han sido un tanto difíciles de asumir, esto sin dejar de lado que para él los tiempos han sido insuficientes.
A su turno, Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, manifestó que en todo Colombia ya hay grandes y pequeños comerciantes cumpliendo a cabalidad la norma y facturando electrónicamente, ya que, según dijo: “El que nada debe, nada teme”. A su vez, recalcó que las sanciones no aparecen por sí solas, sino que estas tienen su debido proceso en el cual hay una serie de pasos antes del cierre temporal.
“Las sanciones no llegan de la noche a la mañana. Se respeta el debido proceso que incluye visita de control, pliego de cargos, análisis y descargos, resolución y sanción, y recurso de fallo antes de proceder a la sanción de cierre por irregularidades en la facturación electrónica”.