No cobrar el IVA por tres días costaría al fisco $330.000 millones | El Nuevo Siglo
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Jueves, 28 de Noviembre de 2019
Redacción Economía
La propuesta incluida en la Ley de Crecimiento Económico, no es nueva, pero establece que para su efectividad solo se debe realizar en los establecimientos que tengan factura electrónica

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La propuesta del Gobierno de no cobrar el IVA durante tres días al año, le costaría al fisco $330.000 millones. De acuerdo con un estudio del Observatorio fiscal de la Universidad Javeriana, por cada día de IVA la DIAN recauda $111.000 millones.

Una de las condiciones que tiene el proyecto es que los descuentos solo se harán a los establecimientos legales que tengan factura electrónica. De allí que los analistas consideren que beneficia sobre todo a los consumidores de estratos medio y altos, ya que los usuarios de bajos ingresos generalmente hacen sus compras en las tiendas de barrio.

Sin embargo, la propuesta del Gobierno no es nueva. Ya en octubre pasado el Centro Democrático tenía listo y redactado un proyecto de ley para cumplir con una de las promesas de campañas hechas por el presidente Iván Duque relacionada con la exención del impuesto del IVA durante tres días en Colombia.

Según el texto de la iniciativa, el impuesto no se cobraría en el segundo día festivo del mes de enero (Reyes), el 20 de julio (festivo Día de la Independencia) y el segundo sábado del mes de diciembre de todos los años.

La norma establece una serie de productos que estarán exentos del cobro del IVA.

Requisitos

El proyecto de ley establece que los comerciantes que cumplan esta disposición, tendrán derecho a “impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas- IVA” siempre y cuando cumplan las disposiciones consagrados en el Estatuto Tributario.

Asimismo, la iniciativa contiene una serie de requisitos que obligatoriamente tendrían que aplicarse para poder acceder a los beneficios que trae la exoneración del IVA durante estos tres días al año.

Por ejemplo, se establece que esta medida solo será aplicable para establecimientos comerciales legales, la forma de pago deberá ser electrónica, la factura no podrá dejar de ser emitida, y el consumidor solo podrá adquirir hasta tres unidades del mismo bien cubierto.

El Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana afirma que este proyecto beneficiará principalmente a las personas de altos ingresos.

Señala la universidad que “puede pasar que en los días sin IVA las personas no solo consuman los productos habituales, sino que compren todo lo de los 15 días anteriores y posteriores para aprovechar esta exención, sin embargo, como la respuesta de los consumidores es una incógnita y lo que se conoce es por la literatura internacional en el caso de que las compras no se muevan tanto el efecto fiscal podría ser menor”, manifestó Luis Carlos Reyes, director de este Observatorio.

Altos ingresos

El informe también señala que este proyecto beneficiaría, principalmente, a las personas que tienen altos ingresos, ya que tendrían la capacidad financiera de transferir sus compras de un día a otro pero las personas que vivan con los ingresos justos no podrían hacerlo.

“Adicionalmente, el proyecto está pensado para que se aplique esta reducción con tarjetas de crédito y débito pero la población que utiliza esas tarjetas no es la mayoría del país, estos productos están concentrados en las personas que tienen una solvencia económica”, explicó el experto.

Sin embargo, el estudio resalta los incentivos a la formalización de la actividad comercial, tales como que los pagos deben realizarse en medio electrónico y con factura, que podrían ser positivos para el mismo recaudo de IVA en el largo plazo.

De otro lado, y teniendo en cuenta un informe de La Nota Económica, un aspecto que se debe tener en cuenta frente al IVA, es que este es uno de los tributos con los que más contacto tiene el ciudadano del común. Es el impuesto indirecto más relevante del país y son los consumidores finales los que terminan por pagarlo, por lo que buena parte del gasto de los hogares corresponde al IVA.

Los datos de la DIAN dejan ver que dentro del recaudo tributario este impuesto tiene una participación significativa. En 2018 llegó a $59,9 billones, con lo cual representó el 41,5% del total recaudado durante ese año. Del monto recaudado por concepto de IVA, se divide entre el interno y el externo. Con el interno se lograron $40,8 billones el año pasado y su participación promedio en el total alcanzó el 27,2% en los últimos 14 años. Entonces, aun si se excluye del análisis el componente externo del recaudo, los efectos de una modificación sobre el tributo estarían apuntando a una buena tajada de los ingresos del Gobierno nacional.

La estructura del IVA no es sencilla. Si bien hay una tarifa general del 19%, también hay otras dos (0% y 5%), que se cobran dependiendo del tipo de bien que se consuma. Los bienes y servicios de primera necesidad tienen una tasa inferior a la general, con lo cual se busca afectar lo menos posible la calidad de vida de los colombianos -particularmente de los menos favorecidos- al solo gravar aquello que no es indispensable para la subsistencia. De otro lado, aquellos artículos que podrían catalogarse como “no vitales”, se gravan a la tasa del 19%.

Consumo

Sin duda la exención tributaria de tres días sin IVA busca promover el consumo y, de esa manera, dinamizar la economía. La idea es que al suprimir del precio de los bienes el componente del IVA, estos se reduzcan y los hogares puedan comprar más unidades del mismo bien, utilizar el ahorro de este impuesto para la adquisición de otros artículos. Según lo establecido en el proyecto de ley, la reforma tributaria que incrementó la tasa general del IVA del 16% al 19% afectó duramente el ingreso disponible de los hogares colombianos. Incluso, el texto menciona un estudio de la Universidad de la Sabana, que concluye que en los hogares con menores ingresos la pérdida de poder adquisitivo alcanzó el 30%. Del mismo modo, con base en lo expresado por la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), la caída de casi 1% en las ventas del comercio minorista en 2017, fue, en buena parte, a causa de esos tres puntos porcentuales adicionales de tributo.

Asumiendo una distribución homogénea del IVA interno a lo largo de los 365 días del año, se obtiene que el recaudo diario por ese concepto es de $111.934 millones, tomando las cifras de 2018. Es decir, en los tres días, el total asciende a poco menos de $336.000 millones, lo que en términos relativos, corresponde al 0,82% del recaudo total del tributo.

 

Los bienes cubiertos por la ley

  • Complementos del vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $411.240
  • Electrodomésticos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $1.713.500
  • Elementos deportivos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $411.240
  • Juguetes y juegos cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $205.620
  • Vestuario cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $411.240
  • Útiles escolares cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $137.080
  • De aseo personal cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a $17.135
  • Elementos de aseo para el hogar cuyo valor de venta por unidad sea igual o inferior a $34.270.