Nueva medida antidumping para China en productos de tela no tejida | El Nuevo Siglo
LA MEDIDA antidumping no impide importar de China. /Foto: Casa textil
Lunes, 3 de Febrero de 2025
Redacción Economía

 

BAJO LA resolución 411 del 20 de diciembre de 2024, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo decretó una medida antidumping definitiva a las importaciones de telas no tejidas fabricadas a partir de polipropileno de peso entre 8g/m2 y 70 g/m2, originarias de la República Popular de China.

Desde septiembre del 2023, la empresa PGI inició un largo proceso para demostrar el impacto económico de la competencia desleal proveniente de proveedores chinos. Diferentes actores del mercado pudieron expresar sus argumentos para que, posteriormente, se evidenciara la contundencia de los hechos, los cuales dan la razón al productor local y la cadena de valor que existe en Colombia desde hace 25 años.

La medida antidumping no impide importar de China. Cualquier empresario podrá hacerlo siguiendo las medidas que nivelan los precios a nivel de mercado local y global. Por los próximos 5 años esta protección tratará de desincentivar las malas prácticas comerciales.

“Hay quienes podrían argumentar que dificultar la importación de China encarece los productos locales, información que es imprecisa. Colombia sigue siendo un mercado abierto y con tratados de libre comercio con países productores de esta tecnología que pueden ofrecer sus productos a precios del mercado global, en donde PGI está dispuesta y lista para competir. En 25 años de presencia en Colombia, jamás se ha necesitado de ayudas para nivelar el mercado. Desde el 2023, los proveedores chinos tomaron la decisión de exportar sus productos con las prácticas que ya el mundo conoce. Para referencia, Estados Unidos, México y el Mercosur tienen protección para esta industria, considerada sensible y de interés nacional por su seguridad en la salud pública”, aseguró Luis Otero, vicepresidente comercial de PGI Latinoamérica.

La industria nacional de telas no tejidas es una de las más importantes. Colombia es autosuficiente en dicha producción de uso higiénico y para el cuidado de la salud. Durante la pandemia, se demostró cómo Colombia nunca tuvo problemas para mantener las entregas a los clientes que producían ropa médica, mascarillas y pañales desechables para bebé y adulto. Todo esto fue clave para el manejo óptimo de la pandemia. Toda la cadena de valor en el país hizo frente para atender la emergencia.

“Los grandes fabricantes de productos desechables como toallas higiénicas, pañales de adulto y de bebé, que son marcas líderes en Colombia, en la región y el mundo, compran productos de PGI Colombia con la certeza de obtener un excelente desempeño y calidad en sus productos finales confiando en el aseguramiento y trazabilidad de nuestras materias primas aptas para el uso el uso en seres humanos”, afirmó el vicepresidente Otero.

También, enfatizó que “esta medida puede ser también un respiro para los fabricantes locales que han apoyado y apostado por la calidad de nuestros productos. Todos aquellos que han mantenido el suministro en Colombia por circunstancias de confianza, confiabilidad y visión de largo plazo, son una muestra del sólido tejido empresarial que ha construido su mercado con altos estándares para satisfacer al consumidor con lo mejor del mundo. Nuestra gratitud a Productos Familia, Kimberly Clark, Softys, Absorbentes de Colombia, Tecnosur, Mainco, Comertex y muchos otros por su apoyo en los momentos que hacía falta. Esperamos que el 2025 sea un gran año para toda Colombia y esta industria en particular”.

Asimismo, Otero explicó que hemos hecho todo el estudio para que el Ministerio de Comercio evalúe. El objetivo es abrir la puerta a un mecanismo de compensación, que podría basarse en el incremento del arancel que pagan las importaciones para entrar al territorio aduanero de Colombia.

Por su parte, Javier Díaz, presidente de la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), coincidió en su momento en que las empresas pueden solicitar la apertura de investigación. Y de corroborar que se presenta una competencia desleal, se pueden activar los derechos antidumping, que básicamente consisten en el cobro de un sobrearancel.