COVIANDES FUE eximido de cualquier responsabilidad en los deslizamientos ocurridos durante 2018 y 2019, que afectaron el puente Chirajara en el KM 58, así como la avería del túnel 13 y el Puente 1 en la concesión Bogotá-Villavicencio.
Así lo resolvió un Tribunal de Arbitramento, en el pleito entre Coviandes (concesión de Corficolombiana a cargo de un tramo de la vía al Llano) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).
Así el tribunal resolvió una queja interpuesta por la ANI que señalaba a la concesionaria como responsable por los deslizamientos y determinó que la concesión cumplió sus obligaciones y que las obras ya habían sido entregadas al momento de los deslizamientos. “Asimismo, el Tribunal indica que la inestabilidad y derrumbe de la ladera del KM 58 en las dimensiones o magnitud que ocurrió fue causada por circunstancias o situaciones hidráulicas y no por las obras”, señaló.
Referente al tema del Puente Chirajara, Coviandes sigue cumpliendo lo establecido y ya había un contrato de transacción en el que el concesionario había reconocido compensaciones a la ANI. No obstante, al desestimarse las pretensiones de la Agencia, el Tribunal la condenó a cubrir los gastos legales y de honorarios, en cerca de $ 2.273 millones.
Entre las conclusiones a las que llegó el Tribunal, en cuanto a las pretensiones y demandas de la ANI está el cumplimiento de Coviandes en lo relacionado con el diseño y construcción de la infraestructura correspondiente el puente 1 y al túnel 13, como quedó constatado en las respectivas 'Actas de Finalización' de las obras de las Etapas 7, 8 y 9 del proyecto.
Del mismo modo, precisó que las causas de la inestabilidad de la ladera del kilómetro 58 fueron imprevistas e imprevisibles durante la etapa de elaboración de los diseños del proyecto y de la etapa de la construcción del túnel 13, y que la inestabilidad y el derrumbe de esa ladera y sus consecuencias no son imputables a Coviandes.
Según lo informado por Coviandes "el Tribunal determinó que las obras no pueden ser revertidas en su estado actual a la ANI, ya que no cumplen con el propósito del contrato de concesión debido a su falta de funcionalidad".