Dejar actuar a la Corte | El Nuevo Siglo
Lunes, 22 de Julio de 2024

* Alud de demandas a la pensional

* Rechazar presiones a magistrados

 

Todo un récord está marcando la ley de reforma pensional. Al cumplirse hoy una semana de ser sancionada por el presidente de la República (aunque solo dentro de un año arrancará el sistema de jubilación contemplado) acumula ya decenas de demandas por inconstitucionalidad.

No es un asunto sorpresivo, en modo alguno. De hecho, desde que las mayorías gobiernistas en la plenaria de la Cámara, el 14 de junio pasado, decidieron en la agonía de la segunda legislatura omitir el debate al texto de la ponencia positiva, que se basaba en lo aprobado, el 23 de mayo, por la comisión Séptima de la corporación y, en cambio, acoger de manera sorpresiva y atropellada en su totalidad el que había salido de la plenaria del Senado, el 23 de abril, se había advertido que una vez el proyecto se convirtiera en ley sería demandado por vicios de forma y fondo ante la Corte Constitucional.

No hay que olvidar que los propios voceros de la coalición oficialista en la Cámara admitieron que esta maniobra, realizada con evidente anuencia ministerial, buscaba esquivar el debate en la plenaria (desconociendo además todos los ajustes hechos a la controvertida iniciativa en la comisión Séptima) solo para evitar que el proyecto fuera a instancia de conciliación con respecto al texto aprobado en Senado casi dos meses atrás. Para el petrismo, esto constituía un riesgo por la postura crítica del presidente de esta última corporación contra el Gobierno.

Pero más allá de esa cuestionable ‘táctica’ política y legislativa del Ejecutivo y sus toldas, lo cierto es que desde ese mismo 14 de junio tanto congresistas de las bancadas independientes y de oposición como prestigiosos juristas y exmagistrados advirtieron que la ‘jugadita’ había viciado gravemente el trámite parlamentario de la reforma. Con sentencias y jurisprudencia de la propia Corte en mano, se explicó la violación flagrante de los principios constitucionales y legales de deliberación democrática, publicidad y consecutividad, entre otros vitales en el proceso de formación legislativa.

Es más, bajo el claro precepto jurídico que este tipo de transgresiones en el trámite en el Congreso de una norma constituyen asuntos graves no subsanables, como ha quedado patente en no pocas sentencias de inexequibilidad, se llegó incluso a afirmar que la innegable violación a los mandatos constitucionales y del reglamento interno del Congreso podría llevar a que la Corte estrenara con el examen a la reforma pensional una facultad que instituyó el año pasado.

Según lo determinó en marzo de 2023, si bien, como regla general, la Corte ha recalcado que no procede la suspensión de normas como medida provisional, en casos excepcionales, sobre todo cuando se está frente a una ley abierta o manifiestamente incompatible con la Constitución “que pueda producir efectos irremediables o que lleve a eludir el control de constitucionalidad”, es necesario que el Alto Tribunal adopte medidas, también excepcionales. Es decir, suspender de entrada la aplicación de una norma hasta que se produzca el fallo de fondo.

Como para no pocos expertos el cambio del modelo de jubilación tendrá graves consecuencias para los colombianos, al tiempo que los vicios de forma y fondo en el trámite de la reforma en el último debate en la Cámara son tan de bulto, cabe abiertamente la posibilidad de que la Corte, en sus primeras decisiones al arrancar el análisis de las decenas de demandas contra la pensional, suspenda su vigencia hasta que se emita la sentencia definitiva.

Es tan alto el riesgo de que esta ley no pase, total o parcialmente, el tamiz constitucional, que el propio presidente de la República, el día de la sanción, en una actitud que sus críticos advierten lesiona la independencia de poderes e invade las facultades y autonomía de la Corte, le pidió al Alto Tribunal “que no se pierda la reforma”. Es más, trayendo a colación los señalamientos de la Casa de Nariño a la Corte Suprema cuando estaba en el proceso de elección del Fiscal General, no pocos juristas, académicos y sectores políticos denunciaron otra presión indebida del jefe de Estado a una máxima instancia del poder judicial.

En ese orden de ideas, el llamado es a que todos los sectores políticos, partidistas, económicos, sociales, gremiales e institucionales, sin importar la orilla en que estén ubicados en este escenario de polarización nacional, permitan que el Alto Tribunal realice el examen de exequibilidad sin presiones, coyundas ni maniobrerismo exógeno alguno. Los nueve magistrados requieren tener el tiempo y espacio debidos para tomar una decisión objetiva y atada a los mandatos de la Carta, sea cual sea. Seguramente se pedirán múltiples conceptos, habrá un exigente recaudo de pruebas y sendas audiencias públicas con citación a todas las voces pertinentes, como es propio de esta clase de diligencias sobre temas de máximo interés e impacto en la población. La Corte, entonces, tiene la palabra, solo hay que dejarla actuar, como es propio en un Estado Social de Derecho.