Justicia rápida y eficaz | El Nuevo Siglo
Martes, 11 de Agosto de 2015

La reforma para combatir delitos menores

Consejo de Política Criminal tiene la palabra

Uno   de los aspectos que más lesionan la credibilidad de la administración de justicia en Colombia es, precisamente, la creciente desconfianza de la ciudadanía sobre su eficacia. En no pocas ocasiones se ha advertido desde estas páginas que la continua reforma de los códigos Penal y de Procedimiento, aunque todas bien intencionadas, terminaron creando un confuso mar de incisos que dificulta la aplicación del derecho ciudadano a una justicia pronta y eficaz. Fenómenos como la hiperinflación legislativa así como el populismo punitivo, aunados a la dificultad del sistema carcelario para mantener bajo control la creciente población de sindicados y condenados, ha llevado a que constantemente esté sobre el tapete la necesidad de reformar las normas para que quienes violan la ley sean efectivamente castigados, sus víctimas reparadas, y la ciudadanía en general salvaguardada del accionar delincuencial. Incluso, muchas veces las leyes de carácter penal, pese a intensos debates en el Parlamento, se han terminado cayendo luego en la Corte Constitucional por vicios de forma y fondo. Todo lo anterior configura un escenario que debe tenerse en cuenta frente al anuncio ayer del Gobierno en torno de la presentación de un proyecto de ley sobre justicia rápida para delitos menores, cuyo objetivo es, fundamentalmente, aumentar la eficacia de la administración de justicia en los procesos por violaciones a la ley de poca gravedad pero que, dada su alta incidencia a nivel nacional, se han convertido en una de las principales preocupaciones de la ciudadanía. Estos delitos menores, como los hurtos de baja cuantía, la injuria, la calumnia, lesiones personales simples, entre otros, generan una carga procesal muy grande para los juzgados, ya que en algunos casos es necesaria una larga cadena de diligencias, que desgastan no solo el aparato judicial, sino que lleva a circunstancias tantas veces denunciadas en los últimos años, como el ver a ladrones que son atrapados en flagrancia por las autoridades policiales y la Fiscalía, pero que en cuestión de pocos días e incluso horas terminan volviendo a las calles, ya que se les otorga la libertad condicional hasta que el proceso avance a sus últimas consecuencias y se produzca el fallo definitivo. Ello, no solo genera un efecto desalentador en las autoridades, sino que impacta en forma grave a las víctimas y la ciudadanía en general, que muchas veces se abstiene de oficializar las denuncias respectivas y señalar a sus agresores, bajo el temor de que éstos pronto estarán en las calles y posiblemente tomarán represalias.

En ese orden de ideas, el anunciado proyecto de ley puede considerarse positivo por cuanto agiliza y simplifica el procedimiento judicial para los responsables de delitos menores, ya que, por ejemplo, de cinco audiencias se pasaría a dos, tras las cuales se definiría la situación jurídica del imputado y, por ende, los afectados verían una justicia rápida y eficaz. Algo similar se hizo años atrás con la llamada Ley de Pequeñas Causas que terminó siendo declarada inexequible por la Corte Constitucional, principalmente porque en su afán de combatir los llamados “delitos callejeros”, se le otorgaban amplias facultades judiciales a la policía. Otro de los aspectos del proyecto anunciado, referido a que las víctimas pueden hacerse cargo del ejercicio de la acción penal, actuando como investigadores, incluso acusadores, resulta ser no solo inédito, sino que requiere un análisis muy profundo por las implicaciones que tiene el derivar funciones típicamente judiciales en particulares, así éstos sean abogados.  

Tampoco resulta claro cómo se compagina este nuevo proyecto para acelerar el juzgamiento de los delitos menores, con leyes recientemente aprobadas como aquella que racionaliza la aplicación de la medida de detención preventiva, que parte de la base de imponer exigencias más drásticas para proceder a la privación de la libertad de los sindicados. Parece lógico preguntarse qué efecto práctico tendría el acelerar los procesos de delincuentes menores, si éstos por efectos de la baja condena, terminan por igual rápidamente en las calles, produciendo el ya anotado desánimo en las autoridades policiales y temor entre las víctimas.

Corresponderá ahora al Congreso analizar a fondo las implicaciones de este proyecto y desde ya se abre una gran expectativa sobre lo que será el concepto que del mismo rinda el Consejo Superior de Política Criminal, que ya en varias oportunidades ha sido bastante crítico con las iniciativas de reforma penal y de procedimiento que llegan a las comisiones primeras de Senado y Cámara, ya sean de origen gubernamental o parlamentario.