El Consejo de Estado negó tutela presentada por la sociedad Janssen Cilag S.A que pretendía tumbar fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenó al Gobierno a entregarle al Instituto Internacional de Estudios Anticorrupción copia de los contratos relacionados con la adquisición de vacunas contra el covid-19.
Janssen Cilag S.A, apoyada por las empresas Pfizer y AstraZeneca buscaban tumbar el fallo 11 de mayo de 2021 y de acuerdo con el magistrado Gabriel Valbuena, de la Sección Segunda del Consejo de Estado, la acción es improcedente.
“Rechazar por improcedente la acción de tutela interpuesta por Janssen Cilag S.A. contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia”.
El fallo del Tribunal de Cundinamarca procede tras un derecho de petición que manifestaba conformidad con la respuesta negativa de la Unidad Nacional para la Gestión de Desastres, ante la solicitud de información de los contratos suscritos con las farmacéuticas.
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El Tribunal resolvió que la Unidad debía entregar en un plazo de tres días la copia de los contratos firmados por esa entidad y Fiduprevisora en calidad de administradora de la subcuenta de covid-19; también debía precisar el “modelo de contratación empleado, precio, plazo de cumplimiento de lo acordado en dichos instrumentos y Certificado de Disponibilidad Presupuestal que respalda los recursos con los cuales el Estado colombiano adquirió las vacunas contra el covid-19”.
Del mismo modo el tribunal ordenó entregar el “domicilio de entrega de las vacunas adquiridas con las farmacéuticas AstraZeneca PLC y Pfizer Inc y fechas de ingreso de las vacunas al país” y enunciar si, al momento de la firma de los contratos con AstraZenaca y Pfizer, “ya contaban con un registro sanitario otorgado por autoridad competente en Colombia o con una Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia para las vacunas desarrolladas”.
El tribunal Administrativo de Cundinamarca, también ordenó informar si la Unidad “o cualquier otra agencia, unidad especial o fondo especial manejado por su sector, ha tenido reuniones de trabajo o cualquier contacto con las empresas BioNTech, Jhonson & Jhonson, Moderna, GlaxoSmithKline, Cansino Biologics, Sinovac, Novavax o cualquier otra empresa farmacéutica, dirigidas a la posible adquisición de vacunas para la prevención o tratamiento del Covid19; para que en caso afirmativo, se le informe en qué fecha o fechas se realizó ese contacto y por quién fue dirigido”.
Cabe aclarar que la decisión puede ser objeto de impugnación y aún hace falta resolver una nulidad que interpuso el Ministerio de Salud en contra de la decisión del Tribunal.