Los desafíos de la justicia transicional | El Nuevo Siglo
Domingo, 16 de Junio de 2013

Néstor Rosanía *

Especial para EL NUEVO SIGLO

 

Al dar inicio al segundo punto de la agenda de negociación entre el Gobierno y las Farc, que desarrolla el eje temático de la participación política, se han generado muchas expectativas y temores.

En todas las encuestas el rechazo que tiene la sociedad colombiana de ver a cabecillas de las Farc haciendo política es evidente. La estela de sangre y terror que han dejado durante más de cinco décadas les cierra cualquier tipo  aceptación y apoyo popular, pero como lo que se desarrolla es un proceso de paz negociado entre dos actores que se encuentran en conflicto, el Estado tendrá que abrir esta ventana pese al dolor y la indignación nacional. Ese es el precio de la paz.

Pero este precio no es aleatorio, es un precio calculado que en los proceso de paz a nivel mundial se llama justicia transicional.

Cuando se desarrolla un proceso de paz se deben estructurar mecanismos para dar la transición de un estado de guerra a un estado de paz. En la mesa de diálogos aparecen unos objetivos políticos que se deben materializar por medio de los instrumentos jurídicos. El político es la paz y el jurídico es la justicia.

En el estudio de la resolución de conflictos se tiene la premisa de que en los procesos de dialogo el eje fundamental es el sacrificio de justicia por el bien supremo de la paz, pero lo que no se puede entrar a negociar por parte del Estado es la verdad, y la reparación de las víctimas.

Hoy el proceso de paz en Colombia con las Farc y el que se abra con el Eln se debe guiar por el concepto de justicia transicional.

 

Antecedentes e interrogantes

 

En Colombia ya se intentó aplicar el concepto de justicia transicional con la desmovilización de los grupos paramilitares, en donde se sacrificó el concepto justicia, ya que comandantes paramilitares que habían asesinado a miles de colombianos y cometido crímenes de lesa humanidad solo pagarían 8 años de cárcel. Para hacerse acreedores de los beneficios de la justicia transicional deberían contar toda la verdad de sus accionar criminal y reparar realmente a sus víctimas, hecho que nunca pasó, pero la justicia negociada si se les aplicó.

Con ese mal precedente nuevamente el Estado tiene el desafío de poner en práctica este mecanismo jurídico en la negociación con las Farc, que se ve desde ya muy difícil porque el primer paso es que el victimario reconozca su accionar criminal y reconozca a su víctimas, pero para el caso colombiano las Farc ya se autodenominaron “víctimas”.

Es evidente que las Farc al denominarse “víctimas del conflicto” responden a una estrategia que busca llegar a una ausencia de responsabilidad penal, ya que como un actor que fue agredido su respuesta se enmarca en una legítima defensa.

Esta estrategia finalmente busca evadir su responsabilidad frente a los tribunales internacionales, pues intentan pasar rápidamente de victimarios a víctimas.

Bajo este escenario ¿dónde estaría la real reparación a las víctimas de las Farc? Sin lugar a dudas la figura de la Corte Penal Internacional aparece como garante de todas esas víctimas no reparadas.

De este modo, si la guerrilla intenta hacer política dejando rastros de impunidad  la Corte tiene la jurisdicción y competencia para buscar a los criminales de lesa humanidad y hacer que respondan por sus hechos, así ocupen cargos públicos o de elección popular.

 

Premisas

 

Los procesos de paz y  reconciliación basados en impunidad son inviables,porque uno de los mayores escenarios de injusticia -y que alimenta nuevas espirales de violencia- es ver que a los victimarios los cobija el Estado con beneficios, no solo jurídicos, sino de trabajo, salud y educación, todo ello en medio de un proceso de reinserción, mientras las víctimas terminan desplazadas y destinadas a engrosar las estadísticas de indigentes.

El caso del paramilitarismo fue el mejor ejemplo, ya que miles de víctimas, además de perderlo todo, terminaron en las calles estigmatizadas y carentes de un verdadero apoyo estatal.

Y es que frente a un escenario electoral para las Farc aparece la primera inquietud ¿Será que esa guerrilla en un escenario político será capaz de contar sus crímenes de guerra, o pensará a nivel electoral, negando estos crímenes para fortalecer su imagen política?

 

¿Y la Justicia?

 

Como es evidente la respuesta a este interrogante, el Estado debe tener una estrategia para que las Farc sí apliquen una verdadera justicia transicional, confiesen la verdad y reparen a sus víctimas.

Otro reto que le aparece a esta justicia transicional es la construcción de una arquitectura jurídica especializada, que asuma los procesos judiciales de esta negociación. Pero, en medio de la crisis que afronta la justicia hoy, surge el interrogante: ¿quiénes serían los garantes de poner en práctica este aparato judicial? 

Lo cierto es que una justicia que se había caracterizado por salir bien librada en medio de los escándalos cotidianos de corrupción de las otras ramas del poder ,  hoy  esta sub judice en medio de carruseles de la contratación, carruseles pensionales, elección de magistrados comprometidos con fraudes y amistades con parapolíticos… Una justicia que a diario sorprende a los ciudadanos dejando en libertad a peligrosos delincuentes pese a las pruebas irrefutables de videos y fotos que presentan los medios. Y un sistema carcelario colapsado, inhumano y carcomido por la corrupción.

Y no solo el aparato judicial debe estar en este escenario. Es necesario el diseño y la arquitectura de la justicia transicional o con una óptica interagencial. No puede ser una política de gobierno, debe ser la puesta en marcha de una política transversal a todas las instancias institucionales, de tal suerte que las políticas acá construidas se puedan sostener en el tiempo y le permitan tener bases sólidas para una paz duradera.

Un aspecto fundamental que deben tener claro los colombianos es que este proceso no solo responde a las lógicas políticas y jurídicas a nivel interno, sino que debe responder al bloque de constitucionalidad, los tratados firmados por Colombia y el derecho internacional, que no miden y no dan paso a las racionalidades internas sino al cumplimiento estricto de los derechos humanos, y a un verdadero desarrollo de ese preciado concepto de justicia transicional.

 

* Abogado, Magister en Seguridad y Defensa, Director del Centro de Estudios en Seguridad Defensa y Asuntos Internacionales (Cesdai). @nestorrosania