Avalan en wayuunaiki difusión de sentencia en La Guajira | El Nuevo Siglo
COMUNIDAD WAYUU perteneciente a La Guajira. /Foto.- AFP
Domingo, 10 de Marzo de 2024
Redacción Nacional

LA CORTE Constitucional declaró “el cumplimiento general” de la orden novena ordenada por el tribunal en la Sentencia T-302 de 2017, en la que el Alto Tribunal declaró el Estado de Cosas Inconstitucional frente a los derechos al agua potable, la alimentación, la seguridad alimentaria y la salud de la población wayuu de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en el departamento de La Guajira.

La Sala Especial de Seguimiento a esta sentencia destaca que el Ministerio del Interior “acató los principales elementos del mandato judicial a su cargo, como son la traducción de la Sentencia T-302/17 al wayuunaiki, su comunicación oral entre las comunidades y el registro audiovisual de las actividades de divulgación adelantadas”.

Mediante Auto 440 del 4 de marzo de 2024, la Corte declaró, igualmente, el “cese de las labores de seguimiento” que adelanta al respecto y frente a los autos 1196 de 2021 y 2063 de 2023.

Con ponencia del magistrado José Fernando Reyes, la Sala Especial ordenó a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo “seguir el cumplimiento de las actividades de divulgación del fallo realizadas por el Ministerio del Interior en los centros etnoeducativos e internados de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”, de acuerdo con el Plan de Acción Integrado que presentó la cartera política el pasado 12 de enero.

La decisión del Alto Tribunal exhorta a las autoridades del orden nacional y territorial a continuar con la divulgación de las actividades propuestas por el Ministerio del Interior.

En la decisión se advierte que las autoridades obligadas por la Sentencia T-302/17 y las comunidades wayuu: “La Sala Especial constata que estas conocen de manera suficiente la sentencia y sus principales elementos, lo que constituye el primer eslabón para garantizar un diálogo genuino en la solución de la crisis humanitaria que afecta a ese pueblo indígena”.

La Corte, igualmente, dice que frente a las órdenes dictadas en Auto 2063 de 2023, cuyo cumplimiento sigue en evaluación, la Sala Especial considera que “el Ministerio del Interior presentó un informe detallado y respaldado con evidencias sobre las acciones para comunicar y divulgar la Sentencia T-302/17 entre las comunidades indígenas de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”.