Confirman sanción al alcalde de Chía por contrato de alumbrado público | El Nuevo Siglo
Foto: Alcaldía de Chía
Jueves, 12 de Septiembre de 2024
Redacción Web

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general de nueve años al exalcalde de Chía, Cundinamarca, Leonardo Donoso Ruíz (2016-2019) por las irregularidades en que incurrió en la adjudicación de un proceso licitatorio para la prestación del servicio de alumbrado público.

La Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular confirmó que el entonces mandatario participó en la etapa precontractual y contractual y omitió garantizar, controlar y verificar que los documentos que preceden la selección del contratista cumplieran con los principios establecidos por la ley.

Así mismo, el disciplinado aprobó los correspondientes al análisis del sector y los estudios previos, incluido los requisitos financieros, con falencias y en contravía de las disposiciones que los regulan, incorporándolos posteriormente al pliego de condiciones.

Con su actuación, el Ente de control encontró probado que Donoso Ruíz quebrantó los principios de economía, planeación, responsabilidad, transparencia y de selección objetiva que rigen la contratación estatal que estaba obligado a cumplir por su rol como ordenador del gasto.

Por estos hechos, fue igualmente destituido por el mismo periodo de tiempo el exsecretario de Obras en 2018, Jorge Wilmar Torres Porras, que pasó por alto su responsabilidad al aprobar los documentos precontractuales correspondientes al análisis del sector y los estudios previos, y no observó que se cumplieran los requisitos financieros requeridos.

En el mismo sentido, el funcionario validó lo estudios previos relacionados con la experiencia general y específica con limitaciones, con lo que se iba en contravía de lo sustentado en el análisis del sector y se restringió la concurrencia de otras empresas.

De forma definitiva el Ministerio Público declaró a Donoso y a Torres responsables disciplinariamente y calificó en ambos casos la falta que cometieron como gravísima cometida a título de culpa gravísima.