Consejo de Estado anula elección de directora general de Corporinoquía | El Nuevo Siglo
Foto: Corporinoquía
Viernes, 4 de Octubre de 2024
Redacción Web

Mediante sentencia de 3 de octubre de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Doris Bernal Cárdenas como directora general de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía), para el período 2024-2027.

La elección fue cuestionada por varios candidatos que se postularon para el cargo. Estos denunciaron irregularidades en el proceso de selección, incluyendo una convocatoria a la sesión del Consejo Directivo con menos de 24 horas de anticipación, lo que impidió la asistencia de algunos consejeros clave, como el representante del Ministerio de Ambiente y el del presidente Gustavo Petro.

El demandante Jorge Andrés Rodríguez argumentó que 7 de noviembre de 2023, la presidenta del Consejo Directivo de CORPORINOQUÍA convocó a sus miembros para elegir al día siguiente al director general. Indicó que el delegado de la ministra de Ambiente y algunos candidatos solicitaron aplazar la sesión, con base en el término mínimo de cinco días de anticipación para citar que contemplan los estatutos y el reglamento interno.

Pese a las presuntas irregularidades comentadas, la demandada fue elegida como directora general de la corporación el 8 de noviembre de 2023.

La Sala advirtió que el acto acusado fue expedido sin tramitar previamente las recusaciones presentadas contra los integrantes del Consejo Directivo de la corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011 y en el acuerdo que reguló la convocatoria.

Adicionalmente, consideró que el órgano colegiado debió expedir y publicar un acto administrativo para modificar la fecha de la sesión para elegir, luego de haber sido levantada la suspensión del cronograma por el juez de tutela, en lugar de reanudarlo a través de una citación remitida exclusivamente a los electores.

Conforme a lo decidido, se modularon los efectos de la nulidad declarada en la providencia, en el sentido de retomar el procedimiento desde la etapa de elección, que deberá iniciar con el trámite de las recusaciones, de acuerdo con las disposiciones legales y el reglamento.

En otras palabras, la elección de Doris Bernal fue considerada inválida porque no se siguieron los procedimientos correctos y ahora se debe volver a hacer el proceso para elegir un nuevo director.