MinMinas emitió decreto sobre comunidades energéticas | El Nuevo Siglo
Foto: Europa Press
Domingo, 24 de Diciembre de 2023
Redacción Web

Un decreto emitido por el Ministerio de Minas aclará las bases legales y los objetivos para establecer y desarrollar comunidades energéticas en Colombia.

Estas comunidades, formadas por acuerdos entre personas naturales y/o jurídicas, ya sean públicas o privadas, se enfocan en la generación, comercialización y uso eficiente de la energía a través de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER), combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos.

El decreto establece que las Comunidades Energéticas tienen como propósito principal algunos de los siguientes objetivos:

  1. Ampliar la cobertura del servicio de energía y asegurar el acceso a poblaciones vulnerables.
  2. Mejorar la eficiencia energética al reducir las pérdidas de energía mediante la cercanía entre generación y consumo.
  3. Democratizar la energía mediante la participación activa de usuarios y posibles usuarios como generadores y gestores de FNCER.
  4. Descentralizar la generación, almacenamiento y consumo de energía, especialmente en comunidades vulnerables.
  5. Descarbonizar la economía, promoviendo el uso de FNCER, combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos.
  6. Desarrollar la economía local y territorial, generando energía de manera eficiente y sostenible en comunidades vulnerables.
  7. Aumentar la confiabilidad del sistema incorporando FNCER, combustibles renovables y recursos energéticos distribuidos bajo gestión comunitaria.
  8. Ofrecer condiciones económicas accesibles para el servicio de energía, especialmente en comunidades vulnerables.
  9. Fomentar modelos de desarrollo energético respetuosos con el medio ambiente.
  10. Generar procesos de aprovechamiento eficiente y socioambientalmente responsable de los potenciales energéticos renovables regionales.

Además, el decreto establece disposiciones específicas para la formación de asociaciones de comunidades energéticas y su relación con terceros, así como la representación legal de estas comunidades según sus objetivos específicos.

Se introducen dos nuevas actividades en la cadena de prestación del servicio de energía eléctrica: la Autogeneración Colectiva (AGRC) y la Generación Distribuida Colectiva (GDC). Las Comunidades Energéticas podrán actuar como agentes Autogeneradores Colectivos (AGRC) o Generadores Distribuidos Colectivos (GDC).

Asimismo, se establecen directrices para la operación de AGRC y GDC, definiendo prioridades en el acceso al Sistema de Distribución Local (SDL) y la posibilidad de construir microrredes.

El decreto contempla la creación del Registro de Comunidades Energéticas (RCE), administrado por el Ministerio de Minas y Energía, para garantizar la transparencia y el acceso a la información pública sobre la administración de recursos públicos destinados al financiamiento de proyectos de Comunidades Energéticas.