Supersalud: 6 EPS deben permitir tratamientos de alto costo | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 22 de Abril de 2020
Redacción Nacional

Medidas cautelares de cesación provisional ordenó la Superintendencia Nacional de Salud para seis EPS.

A través de un comunicado, la Supersalud señaló que las EPS Medimás, Coomeva, Savia Salud, Comparta, Ambuq y Convida deben resolver de fondo y de manera inmediata 14.130 peticiones, quejas y reclamos que tienen desde enero de 2019, relacionadas con la autorización y entrega de medicamentos, la prestación de todo tipo de servicios y los tratamientos a pacientes de alto costo.

El máximo órgano de vigilancia del sector salud obligó a estas EPS a que remitan un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes y a demostrar los resultados efectivos que garanticen de manera inmediata la respuesta a los casos.

Entre las sancionadas, la EPS que más tiene casos por resolver conforme a la directiva de la Supersalud es Medimás con 7.248, seguida de Coomeva (3.861), Convida (1.052), Savia Salud (695), Comparta (579) y Ambuq (695).

La mayoría de estas peticiones, quejas y/o reclamos fue radicada ante la Superintendencia a lo largo de 2019 y hasta el 31 de marzo de 2020. Muchas de ellas se clasifican dentro de la categoría de “riesgo de vida”, es decir, que requieren de atención inmediata, no mayor a dos días hábiles.

Las EPS Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas que deben ser atendidas con inmediatez.

Mediante las resoluciones 002018, 002019, 002023, 002024, 002025 y 002048 de abril de 2020, la Supersalud busca con estas “medidas cautelares de cesación provisional” que las EPS eliminen las barreras administrativas que han obstaculizado o negado el acceso a sus afiliados, incluso, a servicios básicos como la programación de citas médicas, la autorización de procedimientos o la entrega de tecnologías de salud.

“No vamos a permitir que los derechos de los usuarios sean vulnerados, más si tenemos en cuenta la emergencia sanitaria que atravesamos; aquí las EPS tienen la responsabilidad de garantizar, no solo durante esta situación sino de manera continua, una atención en salud en términos de disponibilidad, oportunidad, accesibilidad y calidad, para quienes no cumplan seremos implacables con las sanciones”, aseguró el superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal.

Las órdenes proferidas obligan a que, de manera inmediata, sean resueltas las dificultades identificadas por el ente de control, relacionados fundamentalmente con la entrega de medicamentos y las barreras de atención a pacientes de alto costo.

“Es inaceptable que los usuarios tengan que seguir padeciendo dificultades para acceder a los servicios de salud; todas las EPS tienen la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud y más, tratándose de usuarios con protección especial como es este caso”, agregó el superintendente Aristizábal.

En este sentido, además de cesar las barreras administrativas que dilatan o niegan los servicios requeridos, las citadas empresas promotoras de salud deberán remitir un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes de la Superintendencia.

“​​Estamos comprometidos con terminar los abusos a los que son sometidos los usuarios cuando requieren atención digna, seguiremos utilizando las medidas de control necesarias cada vez que identifiquemos vulneración de los derechos en salud”, aseguró Aristizábal.

El Superintendente advirtió que, de incumplir las instrucciones del ente de control, serán investigadas administrativamente.