Urgen respuestas a peros sobre abigeato | El Nuevo Siglo
Foto Anadolu.
Lunes, 8 de Octubre de 2018
Redacción Nacional

Pronta respuesta del Congreso a las objeciones planteadas en agosto por el Gobierno al proyecto de ley sobre abigeato, pidió el presidente Iván Duque, precisando que conoce de primera mano el grueso de los artículos y la importancia que tiene la sanción de la iniciativa para combatir uno de los delitos que más afecta a la ganadería nacional.

Luego de haberse aprobado en el Congreso, el texto conciliado del proyecto de ley que endurecía las penas para el abigeato, en un trámite que duró cerca de dos años, el Gobierno decidió objetar dicha iniciativa legislativa argumentando que la eliminación de la detención domiciliaria, la suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria y los demás beneficios judiciales y administrativos, para los autores del delito de abigeato –aprobados por el Congreso–, resultan altamente inconvenientes porque se incrementan los factores que están generando la persistente violación de los derechos humanos a las personas privadas de libertad.

El proyecto de ley le da una nueva redacción al Artículo 243 de la Ley 599 de 2000 que crea los tipos penales de abigeato y abigeato agravado.

En su momento, la Casa de Nariño consideró que la exclusión de beneficios para algunos autores de delitos debe operar para autores de delitos más graves como el genocidio, la desaparición forzada o los crímenes de acuerdo al derecho internacional.

 

Afán ganadero

José Félix Lafaurie, presidente de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán), le pidió al Congreso desestimar las objeciones por inconveniencia expresadas por el Gobierno nacional.

Lafaurie señaló que el gremio ganadero apoya al Legislativo en esta iniciativa porque no se conoce en todos estos años ningún otro pronunciamiento en materia de política criminal que resuelva esta agobiante situación.

También espera que prontamente los tipos penales de abigeato y abigeato agravado hagan parte del ordenamiento jurídico para que el sector pueda desarrollar su actividad dentro de un marco de seguridad.

La autora del proyecto es la exsenadora Nohora Tovar, del Centro Democrático, quien expresó en su momento que “las objeciones de Juan Manuel Santos fueron muy pobres, porque se endurecían las penas y no había beneficio de casa por cárcel. Lo que él quiere es ponernos a vivir con los bandidos”.

Tovar explicó que este proyecto retorna al Congreso donde se creará una comisión para analizar las objeciones presidenciales y se presentará nuevamente al Ejecutivo.

Según Luceni Muñoz, directora ejecutiva del Comité de Ganaderos del Huila, los productores estaban a la espera de la aprobación del proyecto para frenar el creciente flagelo que está perjudicando gravemente su actividad, dadas las enormes pérdidas que acarrea el robo de tan solo un animal.

“Hoy no hay herramientas contundentes para hacer una adecuada judicialización de una persona que cometa abigeato o carneo. Las bandas seguirán organizándose para delinquir y hacer más daño al sector”, señaló.

Se trata del proyecto número 324 de 2017 Cámara – 92 de 2016 Senado, “por medio de la cual de modifica la Ley 599 de 2000 y se crean los tipos penales de abigeato y abigeato agravado”, fue radicado el 9 de agosto de 2016 por Tovar y otros congresistas de su bancada, entrando a conciliación el 18 de mayo de este año, siendo aprobado en Senado cuatro días después y por la Cámara el 5 de junio, pero recibiendo objeción total del Ejecutivo el 3 de agosto.

Esta iniciativa, compuesta por siete artículos, adicionaría el Código Penal y los cambios indican que el delito de hurto de ganado o abigeato será sancionado con una pena de cinco a 10 años (60 y 120 meses) y con multa de 25 a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

También se contempla que si el valor de lo apropiado excede los 10 salarios mínimos mensuales la pena sería de 72 a 132 meses de prisión y la multa iría de 50 a 100 salarios. Si el robo se comete con violencia sobre las personas afectadas, la pena de prisión estaría entre 84 y 144 meses.

Además, la iniciativa contempla que si para llevar a cabo dicha conducta se usan vehículos, bienes muebles e inmuebles estos serán sometidos a extinción de dominio, en los términos de la Ley 1708 del 2014.

Las anteriores penas aumentarían de una tercera parte a la mitad cuando se alteren, supriman o falsifiquen los signos de identificación de los animales, cuando participe un servidor público y ejecute la conducta aprovechándose de esta calidad o cuando los animales sean sacrificados.

También se conceden circunstancias de atenuación, como el evento en que los semovientes sean reintegrados en un término no mayor a 24 horas sin ningún daño.