40 mil presos en estaciones de la Policía y URIs de la Fiscalía | El Nuevo Siglo
LA DEFENSORÍA del Pueblo, en conjunto con la Corte Constitucional, realizaron el pasado 19 de abril la revisión de las condiciones y garantía de derechos de las personas privadas de la libertad (PPL) que permanecen en las estaciones de Policía de Engativá, Puente Aranda y La Candelaria. /Foto Defen.
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Viernes, 28 de Abril de 2023
Redacción Nacional

LA PROBLEMÁTICA de la reclusión y hacinamiento de personas privadas de la libertad en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URIs) de la Fiscalía se viene agravando de forma dramática.

De hecho, en declaraciones días atrás a EL NUEVO SIGLO el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, indicó que esta crisis de “hacinamiento dentro de los centros de atención transitoria que comprenden a las estaciones de Policía y URI de la Fiscalía es una crisis de derechos humanos muy complicada”.

“Hoy por hoy podemos hablar de que más de 40.000 personas están privadas de la libertad en estos centros que deben ser para un tiempo máximo de 36 horas de reclusión, y en las visitas que realizamos desde la Defensoría del Pueblo a estos centros en todo el país, hemos evidenciado que hay que llevan más de uno y dos años allí, eso sin contar las gravísimas condiciones de derechos al interior de esos lugares, que no permiten que estas personas privadas de la libertad accedan al más mínimo estándar de salubridad”.

Según Camargo “hemos visto casos muy alarmantes como el de Riohacha, en La Guajira, en donde los centros de detención registraban un hacinamiento del 2000 %. Allí ya estamos trabajando en conjunto con los entes territoriales y demás instituciones en planes que ayuden a bajar el índice de hacinamiento mediante el estudio de cada una de las carpetas de las personas privadas de la libertad con nuestros defensores públicos y la colaboración de los trabajadores tanto de la Policía Nacional como del Inpec”.

El Defensor advirtió que “los esfuerzos de la institucionalidad del Estado no han sido suficientes porque cada día siguen llegando personas en calidad de sindicadas a estos lugares, lo que hace que la disminución de índices de hacinamiento sea muy baja”.

Investigan cinco alcaldes

La situación se complicó aún más esta semana luego de que la Procuraduría General pusiera en la mira a cinco alcaldes de ciudades capitales.

Por un lado abrió investigación contra los alcaldes de Ibagué, Cali, Riohacha y Valledupar, por una posible omisión de sus funciones, relacionadas con la atención que deben brindar a las personas privadas de la libertad que se encuentran en las estaciones de Policía y unidades de reacción inmediata de sus ciudades.

Las investigaciones fueron iniciadas a partir de un informe con fines disciplinarios rendido por la Delegada para la Protección de los Derechos Humanos, luego de efectuar múltiples visitas a los centros de detención de esas ciudades.

Con relación al alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado Barrera, el órgano de control abrió investigación al evidenciar que al 8 de marzo pasado los centros de detención transitorios registraban una ocupación de 512 personas privadas de la libertad con un nivel de hacinamiento del 731 %, ya que la capacidad máxima de esos establecimientos es de 70 personas.

Con respecto al alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina Gómez, el órgano de control le abrió investigación disciplinaria tras encontrar un hacinamiento del 477 % en las estaciones de Policía. Además, se detectó que los reclusos enfrentan problemas para recibir sus alimentos, así como presentan enfermedades en la piel y tienen dificultades para recibir sus visitas.

En la capital de La Guajira se inició investigación contra el alcalde, José Ramiro Bermúdez Cotes. El Ministerio Público encontró en los centros de detención transitorios un hacinamiento del 242 %, pues a pesar de contar con solo 50 cupos, al 8 de marzo pasado permanecían en el lugar un total de 121 personas.

La Procuraduría detectó en las distintas estaciones problemas para identificar a los privados de la libertad y efectuar, su posterior remisión a los establecimientos de reclusión.

Finalmente, se abrió investigación contra el alcalde de la capital del Cesar, Mello Castro González, luego de evidenciar un hacinamiento del 930 % en la Estación de Policía La Permanente, donde se encontraron 558 presos pese a que las instalaciones solo tienen cupo para 60 personas.



Además, no cuentan con un lugar adecuado para recibir visitas y los agentes deben prestar sus celulares y planes de datos para que los detenidos puedan conectarse a sus audiencias judiciales.

Entre otras pruebas, el órgano de control solicitó a los mandatarios locales relacionar las medidas adoptadas desde que asumieron el cargo, si se han realizado mesas de trabajo para abordar esa problemática, así como señalar los compromisos adquiridos y el grado de cumplimiento.

Con la apertura de las investigaciones, la Procuraduría busca establecer si en el período constitucional de los citados mandatarios se ha dado cumplimiento a las obligaciones legales que tienen esos entes territoriales, específicamente las de crear, dirigir, organizar, administrar, sostener y vigilar las cárceles o centros de detención preventiva, mediante la asignación de recursos, entre otros.

El Ministerio Público también ordenó la apertura de investigación disciplinaria contra la alcaldesa mayor de Bogotá, Claudia López Hernández, por la misma problemática.

El expediente de la Sala Disciplinaria de Instrucción, que incluyó al secretario de Gobierno, Felipe Jiménez Ángel, sostuvo que, al parecer no se han brindado las garantías que la ley exige para las personas privadas de la libertad.

El Ministerio Público indicó que con su presunta omisión, la alcaldesa y su funcionario pudieron incumplir sus deberes funcionales, por lo que ordenó la práctica de pruebas que permitan el esclarecimiento de los hechos y la situación actual y real de los distintos centros de detención transitoria de la ciudad.

¿Y el Gobierno?

Días atrás el viceministro de Justicia, Camilo Umaña Hernández, afirmó que sin una reforma a la Política Criminal los establecimientos penitenciarios y carcelarios no darán abasto para recibir a las personas condenadas y sindicadas.

“Sin una reforma a la Política Criminal la acumulación de personas en los establecimientos penitenciarios y carcelarios no dará abasto. El Gobierno es consciente de que este proyecto no soluciona todos los problemas, pero es necesario”, afirmó en relación al proyecto de ley de humanización carcelaria que cursa en el Congreso.

“El Gobierno es consciente de que este proyecto (de humanización) no soluciona todos los problemas, pero es necesario", manifestó al explicar que la iniciativa de origen gubernamental no debe llevar a invisibilizar o aminorar las responsabilidades que están en cabeza de otras autoridades.

“Es el Estado en su conjunto el que debe responder sobre la humanización del sistema penitenciario”, insistió Umaña Hernández, quien admitió que no existe un dispositivo legal que se pueda crear en este momento para resolver el Estado de Cosas Inconstitucional declarado por la Corte Constitucional frente al hacinamiento y a las violaciones a los derechos humanos en los establecimientos penitenciarios y carcelarios.

“Este proyecto de ley busca que la etapa de ejecución de las penas cumpla su finalidad constitucional. Las cárceles del país han permanecido en hacinamiento por décadas, actualmente con una población superior a la capacidad en un 20 % en promedio (cerca de 100.000 personas disponen de alrededor de 80.000 cupos). Además, en los últimos años, se ha presentado una situación anómala de desbordamiento del hacinamiento carcelario hacia las estaciones de policía, dando lugar, a la fecha, que en estos lugares exista un hacinamiento del orden del 150 %, en donde más de 22.000 personas permaneces recluidas. Esta situación de hacinamiento carcelario, y su desbordamiento en las estaciones de policía del país, son evidencia de una verdad inocultable: la reclusión en Colombia es contraria a la dignidad humana y vive un prolongado “estado de cosas inconstitucional” como lo ha establecido la Corte Constitucional desde mediado de los años noventa”, señala la exposición de motivos de esa iniciativa.

Ese Estado de Cosas Inconstitucional fue declarado en las sentencias T-388 de 2013 y T-762 de 2015 y su extensión a los Centros de Detención Transitoria fue declarada en la Sentencia SU-122 de 2022.