EL CONGRESO aprobó ayer en octavo y último debate dos iniciativas de reforma constitucional: la que crea la jurisdicción agraria y rural, así como la que eleva los derechos de los campesinos a rango constitucional.
La plenaria del Senado de la República aprobó con 76 votos a favor el proyecto de acto legislativo que crea la jurisdicción agraria y rural. Para la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, va a permitir “que la paz llegue al campo con una vía judicial por la cual se puedan tramitar todas las diferencias que tenemos sobre los derechos a la tierra, a los baldíos y los bienes de uso público”.
La aprobación de la jurisdicción agraria fue posible en el Congreso por un acuerdo que logró el Gobierno Nacional con las bancadas de los partidos y con las altas Cortes. El consenso se logró alrededor de no crear una nueva corte como órgano de cierre para esta jurisdicción, sino que esa función la tenga la Corte Suprema de Justicia para unos asuntos y el Consejo de Estado para otros.
“Es el momento de tramitar nuestras diferencias por vía de la justicia, de manera que logremos cumplir con el Acuerdo de Paz y lograr garantizar seguridad jurídica a todos los colombianos”, dijo la ministra Mojica. Y es que la jurisdicción agraria había quedado contemplada en el primer punto del Acuerdo de Paz firmado en noviembre de 2016 entre el Estado Colombiano y las extintas Farc. Hoy, más de 6 años después, esa deuda fue saldada.
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Por su parte, Néstor Osuna, ministro de Justicia, resaltó que esta jurisdicción “solucionará de modo pacífico, en derecho, con justicia, todos esos conflictos que surgen en el mundo rural, algo que había sido un olvido histórico de nuestra sociedad es reconocido por este Congreso”. Además, exaltó que la aprobación se haya logrado con un amplio consenso.
En tanto que la plenaria de la Cámara aprobó la reforma a la Constitución que reconoce a los campesinos como sujetos de derechos y de especial protección.
El propósito de esta iniciativa constitucional es reconocer formalmente en la Constitución Política al campesino como un sujeto especial de derechos en el marco de un actor, digno, cultural, social, económico, ambiental y productivo etcétera., es decir, sujeto de especial protección por el Estado colombiano.
Hasta ahora el campesinado no había sido reconocido formalmente. Por eso la idea es modificar el artículo 64 de la Carta Magna con el fin de lograr esos reconocimientos tanto en la tenencia de la tierra como su reconocimiento total dentro de la sociedad.