El gobierno nacional expidió un segundo conjunto de decretos como parte de las medidas adoptadas ante el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, en el noreste de Colombia. Este conjunto está compuesto por seis decretos, que se suman a los tres emitidos previamente por el Ministerio de Agricultura, totalizando nueve normativas que abordan diversas temáticas como orden público, medio ambiente, trabajo, transporte y vivienda.
Una de las acciones más relevantes es la designación de un "comandante militar", figura inédita en la legislación colombiana, quien tendrá el control operativo sobre las Fuerzas Militares y la Policía Nacional en la zona. Este comandante actuará como una fuerza operativa conjunta, coordinando todas las intervenciones en el terreno. Además, las empresas de transporte de la región deberán coordinar sus actividades con él, quien también tendrá la capacidad de emitir órdenes operativas, prevaleciendo las instrucciones del presidente de la República sobre las de los alcaldes y gobernadores.
En materia ambiental, el Decreto 116, emitido por el Ministerio de Ambiente, suspende temporalmente la emisión de licencias, permisos y concesiones para nuevos proyectos o trámites en curso en las zonas afectadas por la conmoción. Esta suspensión estará vigente hasta tres meses después de que se supere el estado de excepción, período durante el cual se establecerán las condiciones ambientales para reanudar dichos permisos. No obstante, se exceptúan los proyectos orientados al restablecimiento ecológico, económico y social de la región, los cuales podrán seguir su curso mediante un procedimiento abreviado.
El Decreto 117, emitido por el Ministerio de Turismo, establece el apoyo transitorio a los prestadores de servicios turísticos en la zona afectada, permitiendo el uso de los ingresos fiscales de Fontur para subsidiar a estos prestadores y contribuir a la recuperación de las áreas impactadas. Además, se contempla un descuento transitorio del 50% en el impuesto de renta para los establecimientos que proporcionen alojamiento gratuito a los desplazados, siempre y cuando cuenten con el Registro Único de Víctimas (RUV) de las personas alojadas.
El Decreto 118, del Ministerio de Defensa, define las funciones del comandante militar, quien, bajo las instrucciones del presidente de la República, coordinará las operaciones militares y policiales en la región. Además, garantizará el respeto por los derechos humanos y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario en todas las intervenciones, evitando abusos o extralimitaciones por parte de las autoridades. Este comandante también tendrá la facultad de suspender temporalmente los permisos de porte de armas y coordinar las medidas del gobierno nacional para enfrentar la crisis. De igual manera, las órdenes del presidente prevalecerán sobre las de los mandatarios locales.
En cuanto a la situación laboral, el Decreto 119, del Ministerio del Trabajo, establece la obligatoriedad del teletrabajo en el sector privado para aquellos empleados de los municipios afectados que puedan desarrollar sus funciones de forma remota. Esta medida no aplica para los trabajadores esenciales, como los que se desempeñan en el área de seguridad o suministro de bienes básicos. A quienes puedan teletrabajar, se les reconocerá un auxilio de conectividad, el cual reemplazará el auxilio de transporte, beneficiando a aquellos empleados que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Por último, el Decreto 120, del Ministerio de Transporte, flexibiliza las condiciones para la prestación de servicios de transporte público terrestre automotor en las zonas afectadas. Las empresas de transporte podrán operar sin las restricciones usuales de recorridos, frecuencias y horarios, aunque deberán coordinar con las autoridades de seguridad y el Instituto Nacional de Vías (Invías) para garantizar las condiciones de seguridad en las rutas.
Además de estas acciones, se han dispuesto subsidios del 90% en servicios de agua y saneamiento para las personas desplazadas, y descuentos en el impuesto sobre la renta para quienes proporcionen alojamiento gratuito a los desplazados.
Este segundo conjunto de decretos tiene como objetivo proporcionar un marco de intervención efectivo para restablecer el orden público, apoyar a los desplazados y promover la reactivación de la región del Catatumbo.