El Gobierno, liderado por el presidente Gustavo Petro, firmo el Decreto 489 de 2024, que formaliza el giro directo de recursos económicos del Estado a las Empresas Promotoras de Salud (EPS) en el régimen contributivo. Esta medida, respaldada por los ministros de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y de Hacienda, Ricardo Bonilla, busca mejorar la eficiencia y transparencia en la distribución de recursos en el sector.
El giro directo, que será obligatorio para el régimen contributivo y para aquellas EPS que no cumplan con los requisitos financieros adecuados o estén bajo medidas especiales, representa un cambio paradigmático en la manera en que se realizan los pagos a los prestadores de servicios de salud en Colombia. La eliminación de la intermediación de las EPS pretende agilizar y garantizar que los recursos lleguen de manera directa y eficiente a las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), como clínicas, hospitales y proveedores de medicamentos.
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El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, destacó que esta medida afectará significativamente al 80% del régimen subsidiado y a las EPS del régimen contributivo que no cumplen con los criterios financieros establecidos. Se asegura que el 80% de los recursos serán pagados oportunamente a quienes cumplan con los requerimientos, aunque algunos expertos advierten que este cambio podría restar funciones a las EPS y generar desafíos logísticos y operativos que requerirán una supervisión cuidadosa por parte de las autoridades competentes.
El Decreto 489 de 2024 también establece que la Administradora de Recursos del Sistema de Salud (ADRES) será la entidad encargada de realizar los pagos a las IPS y proveedores de tecnologías en salud. Además, se prevé la creación de un instrumento por parte del Ministerio de Salud y la ADRES para el seguimiento permanente a la oportunidad del giro de los recursos, así como a su programación, destinación y ejecución por parte de las EPS y las instituciones prestadoras de servicios de salud.
El giro directo de acuerdo con el Gobierno es una medida que busca agilizar y transparentar la distribución de recursos en el sistema de salud colombiano. Con este decreto, se establecen condiciones claras para su implementación:
- Las EPS que no cumplan con el requisito de patrimonio adecuado deben adoptar el giro directo.
- Aquellas bajo vigilancia especial o intervenidas también están obligadas a usar este mecanismo.
- Las aseguradoras pueden optar voluntariamente por el giro directo.
En cuanto a las entidades obligadas a acogerse a esta medida, el Decreto 489 de 2024 aplica a las EPS del régimen contributivo, las entidades responsables de la compensación, las instituciones y entidades proveedoras de servicios de salud y tecnologías médicas, la Superintendencia Nacional de Salud y la ADRES. Asimismo, se extiende a las EPS del régimen subsidiado en relación con los recursos recibidos por afiliados al régimen contributivo cuando corresponda la medida.