Campaña Petro: Corte IDH declara improcedente solicitud de medidas cautelares | El Nuevo Siglo
La Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre la investigación del CNE a la campaña Petro. Foto: archivo El Nuevo Siglo
Jueves, 19 de Diciembre de 2024

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió que la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de abrir una investigación administrativa contra la campaña presidencial de Gustavo Petro no vulnera sus derechos políticos ni judiciales del jefe de Estado colombiano.

La decisión responde a una solicitud de medidas provisionales presentada por los representantes del presidente Petro, quienes alegaron una afectación a sus garantías convencionales.

En su análisis, la Corte determinó que el caso planteado no guarda relación con la sentencia emitida en 2020 sobre las sanciones que en su momento afectaron los derechos políticos de Petro como alcalde de Bogotá. El alto tribunal indicó que la actual investigación del CNE, que se centra en presuntas irregularidades en la financiación de la campaña de 2022, no implica restricciones directas a los derechos políticos ni la destitución de un cargo público, como ocurrió anteriormente.

"De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente", indicó CIHD

En ese sentido, agregó que "la Corte Interamericana de Derechos Huhamos declará improcedente la solicitud de adopción de medidas provisionales presentada por los representantes de la víctima en el presente caso".

El CNE, respaldado por una decisión previa del Consejo de Estado, afirmó tener competencia para investigar y sancionar irregularidades administrativas en la financiación de campañas, incluyendo la de Petro. Además, señaló que cualquier medida sancionatoria que resulte de esta investigación no implicaría limitaciones a los derechos políticos del mandatario ni de sus electores.

La Corte enfatizó que la solicitud presentada por los representantes no cumplía con los criterios de extrema gravedad, urgencia y daño irreparable requeridos para otorgar medidas provisionales. También subrayó que el asunto debe resolverse bajo el marco del sistema legal interno de Colombia antes de recurrir a instancias internacionales.

Con esta resolución, la Corte reafirma la autonomía de las instituciones colombianas en el manejo de procesos administrativos, siempre que no violen los estándares internacionales de derechos humanos.