Insistirían en iniciativa de transfuguismo para legislativas del 2026 | El Nuevo Siglo
REPRESENTANTE HERÁCLITO Landinez dijo que existiría interés en el Congreso de radicar nuevamente el proyecto de libertad política para elecciones de 2026. /Foto ENS-archivo
Jueves, 6 de Junio de 2024
Redacción Política

TRAS EL hundimiento del proyecto de acto legislativo denominado de libertad política o de transfuguismo, que permitiría a los congresistas cambiar de partido para las elecciones parlamentarias del 2026 sin tener que abandonar antes la curul, existiría ambiente de radicarlo nuevamente después del 20 de julio entrante. Sin embargo, se analiza porque el principal inconveniente es que de ser aprobado entraría en vigor muy cerca de esa cita con las urnas.

La iniciativa inició con fuerza su trámite en la Comisión Primera de Cámara, pues luego de ser presentada a principios de marzo pasado con la firma de más de 100 representantes de las distintas bancadas, logró su aprobación en primer debate el 26 de abril.

No obstante, luego no se radicó la ponencia para segundo debate en la plenaria, lo que se explicaría porque los tiempos eran apretados para que cumpliera la primera vuelta en este periodo que finaliza el próximo 20 de junio para no hundirse, por tratarse de una reforma constitucional.  

También habría tenido que ver en lo ocurrido con este proyecto, las críticas que de entrada recibió porque en la oposición e independientes algunos interpretaron que era una maniobra politiquera del partido de gobierno, la coalición del Pacto Histórico, para poder acomodar sus fuerzas en las elecciones parlamentarias que habrá en dos años.

La razón que según algunos explicaría el interés del Pacto Histórico en impulsar el transfuguismo es que en los comicios legislativos del 2026 ya no se puede presentar acudiendo a la figura de la coalición, debido a que en 2022 obtuvo el 16,9 % de la votación. El espíritu de esta figura es permitir que se unan fuerzas minoritarias que hayan alcanzado hasta un 15 % de la votación.

Los congresistas de otros partidos también se beneficiarían de la medida, eso explica por qué más de 130 parlamentarios la apoyan con su firma.

No obstante, de entrada, el Centro Democrático tras las firmas iniciales de algunos de los congresistas uribistas apoyando este proyecto, anunció que no lo respaldaría.

El representante por el Valle, Duvalier Sánchez Arango, uno de los ponentes del proyecto, aunque no lo suscribió, dijo consultado por EL NUEVO SIGLO que no tuvo discusión en la plenaria de Cámara en segundo debate porque “no hubo agenda, es un acto legislativo y por ello necesita dar cuatro debates en un semestre. Entonces, no alcanzó, sino un debate. La verdad es muy difícil, lo presentaron muy tarde”.

En tanto que el representante por Bogotá, Heráclito Landinez Suárez, del Pacto Histórico, quien estuvo entre los más de 100 parlamentarios que suscribieron la iniciativa, dijo a este Medio que “los tiempos, la agenda o las circunstancias obligaron a que no se discutiera. Y hay en fila muchos proyectos de origen parlamentario, del Gobierno, que tendrán que discutirse en plenaria, y por lo tanto no fue agendado”.

Añadió el congresista de cara a que eventualmente se insista en la iniciativa, “lo que pasa es que si se aprueba el proyecto de libertad política tendría que ir hasta el 20 de junio del año 2025, es decir que los términos estarían muy justos para que sea aplicado en el 2026”. No obstante, reveló que “hay una intención muy numerosa de congresistas de acompañarlo de diferentes partidos. No hemos hablado al respecto con quienes hemos conversado para presentarlo, pero creo que sí hay ánimo. Sin embargo, los tiempos están muy justos por cualquier inconveniente o si alguien presenta una demanda ante la Corte Constitucional”.

La iniciativa

Hasta enero de 2025 tienen los congresistas para renunciar a la curul si es que quieren presentarse por otro partido en las elecciones del año siguiente, sin incurrir en doble militancia.

La reforma que se hundió pretendía adicionar el siguiente parágrafo transitorio al artículo primero de la Constitución: “Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 134, dentro de los cuatro meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo, autorizase, por solo una vez, a los miembros de los cuerpos colegiados de elección popular, a renunciar al partido o movimiento político que los avaló sin renunciar a la curul o incurrir en doble militancia, para que posteriormente puedan inscribirse en un partido o movimiento político o en un grupo significativo de ciudadanos”.