"Ojalá que sometimiento no dé estatus político al bacrim" | El Nuevo Siglo
HERNANDO HERRERA, director de la Corporación Excelencia a la Justicia.
Corporación Excelencia a la Justicia
Martes, 21 de Febrero de 2023
Redacción Política

Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia a la Justicia,  aseguró que comparte las nueve observaciones hechas por el fiscal general, Francisco Barbosa, a la ley de sometimiento. Subrayó que esta debería tener un capítulo especial de indemnización para las víctimas y le extrañó que nunca recibiera una invitación del Gobierno para colaborar en el diseño de esta iniciativa.

EL NUEVO SIGLO: Desde la Corporación Excelencia a la Justicia ¿cómo ven la llamada ley de sometimiento que promulga el Ministerio de Justicia?

HERNANDO HERRERA: Tal y como lo había señalado el fiscal general, era imposible pensar en que vía suspensión de las órdenes de captura de capos y de jefes de bandas organizadas se fuera a generar algún beneficio en materia penal para ellos; por eso se planteó una ley de sometimiento. Desde ese punto de vista la Corporación recibe con beneplácito que el Gobierno haya atendido esas observaciones y advertencias de la Fiscalía General y de un centro de pensamiento como la Corporación Excelencia.

Ese es el vehículo jurídico para efecto de lograr que esas bandas reconozcan su responsabilidad y desde luego desmantelen sus negocios ilícitos. Este proyecto requiere distintas adecuaciones y ahí entran los nueve peros que el fiscal general ayer estableció y que señaló en la Casa de Nariño y nosotros compartimos esos peros en particular y los que queremos resaltar son los siguientes: el primero de ellos es que debería existir un tope en lo que hace la posibilidad de que estas personas que han cometido tal vez los peores crímenes, puedan conservar sus bienes, pero eso debería tener unos topes máximos, porque no es lo mismo un 6 %; entonces ese primer postulado, establecer topes sobre los bienes a entregar para efectos de que sea ese beneficio de conservar solamente el 6 % nos parece que es razonable.

Y la otra advertencia que recibimos con mucha atención es que en esa ley de sometimiento tiene que existir un capítulo especial de indemnización para las víctimas, eso nos parece fundamental. Serían los principales peros a ese respecto que compartimos en su integridad.

ENS: ¿Cuáles son las mayores inquietudes que le genera a la Corporación esta ley de sometimiento?

HH: Nosotros quisiéramos pensar que con esta ley de sometimiento no se le va a asignar estatus político a estas bandas criminales como tampoco a las llamadas disidencias de las Farc. El estatus político solo debe concederse para aquellos grupos alzados en armas o subversivos, pero no para delincuentes comunes, de alta peligrosidad ni tampoco para bandas u organizaciones criminales, ese sería el primer aspecto que nos genera inquietud que debe concretarse en términos muy oportunos. El segundo sería sobre cuáles son las consecuencias en caso de incumplimiento de ese sometimiento y la inexistencia o la imposibilidad de que se concedan segundas o terceras oportunidades, como a veces parece que se auspicia en este país. En ese sentido, hay que darle un rigor a esos acuerdos determinados para que no se conviertan en un rey de burlas.

ENS: ¿Estas personas que se someten a esta ley deben ir a la Jurisdicción Especial de Paz o a la justicia ordinaria?

HH: Estas personas tienen que ir a la justicia ordinaria; la Jurisdicción Especial de Paz está establecida para otro tipo de hechos, relacionados con el conflicto armado. La JEP no puede ser el lavadero de actuaciones irregulares de cualquier naturaleza sino precisamente conducidas a lo que fue su génesis y su creación. Estas personas tienen que estar conducidas a la justicia ordinaria, es decir, la Fiscalía General y los jueces penales.



ENS: ¿Ustedes dentro de la Corporación han tenido la oportunidad de hablar con el ministro de Justicia?

HH: Nosotros no recibimos invitación ni del Ministerio ni del Alto Gobierno, a efectos de lo que hubiera sido nuestro interés de colaborarles a fortalecer esa medida, esa iniciativa. Entendemos que la misma está siendo valorada ahora mismo por el Consejo de Política Criminal, pero conociendo el texto compartimos los reparos que hace la Fiscalía y por supuesto elevamos algunas inquietudes, siempre con ánimo constructivo. Lo que esperamos para futuras ocasiones es que el Gobierno sea más partícipe, no solo con este centro de pensamiento sino con facultades de derecho en un escenario universal. Esas revisiones son tan importantes que merecen la posibilidad de que diferentes entes jurídicos tengan la posibilidad de hacerlas, con ese ánimo constructivo, positivo y siempre desde luego atajando cualquier posibilidad de irregularidad de beneficios a delincuentes de alta peligrosidad.

ENS: ¿Existe un precedente similar a esta ley de sometimiento?

HH: En el pasado han existido algunos ejercicios de leyes de sometimiento; esta tendría en la confección que el Gobierno quiere algunas variaciones en lo que tiene que ver con lo colectivo. Se enmarca también dentro de un escenario que requiere mucha transparencia por parte del Ejecutivo y, sobre todo, claridad en los mecanismos. Afortunadamente, como antes lo señalaba, el Gobierno dejó atrás una idea que era censurable, que era inviable desde el punto de vista jurídico, como era atribuirles beneficios a estas personas sin haberse sometido previamente y simplemente pensando que la Fiscalía General iba a concederles la suspensión de las órdenes de captura o darles estatus político, lo cual en últimas, desde todo punto de vista, hubiera sido irregular; sino que también está de por medio la lucha eficiente del Estado contra el crimen organizado. Una cosa es que el Estado genere sus beneficios, pero siempre bajo el entendimiento de que el sometimiento es de los delincuentes hacia el Estado, no del Estado hacia los delincuentes. Porque el Estado, que debe preservar su fuerza y su cohesión, no puede arrodillarse ante el delito del crimen organizado.

Lo que nosotros esperamos es que dentro de esta normativa se imponga un escenario de verdad en beneficio de las víctimas y que si se incumple con ese postulado de verdad o mejor aún de los delitos cometidos, entonces la persona pierda esos beneficios y se someta a la fuerza que el Estado le pueda imponer. El Estado no puede renunciar al ejercicio de la fuerza, en lo que hace a lo penal, para que la Fiscalía conduzca procesos eficientes y la justicia también así lo haga en lo que tiene que ver con lo condenatorio, y desde luego también en el fortalecimiento de la Policía y las Fuerzas Armadas en general, a efectos de luchar contra esos fenómenos. El Estado siempre debe tener esa fuerza, que es la que hace que la ciudadanía de bien tenga tranquilidad. Nada sacamos con supuestas dejaciones del delito para que al cabo de pocos años lo que tengamos sean bandas reorganizadas.