Aprobada modificación del reglamento del Concejo de Bogotá | El Nuevo Siglo
Diana Rubiano - El Nuevo Siglo
Miércoles, 9 de Marzo de 2022
Redacción Bogotá

Con 11 votos a favor y 0 en contra, la Comisión Segunda de Gobierno aprobó, en primer debate, el Proyecto de Acuerdo N.° 100, acumulado con los Proyectos de Acuerdo N.° 029, 050, 097, 103, 105 de 2022 que modifican y actualizan el reglamento interno del Concejo de Bogotá.

Fueron en total 22 artículos modificados los que se aprobaron y uno que se eliminó (el artículo 35C). Entre los artículos aprobados más importantes están el relacionado con los honorarios y los seguros de los concejales, y el que resuelve los trámites de los impedimentos y las recusaciones.

Entre otras cosas, la Comisión aprobó la ampliación del plazo para la presentación de ponencia del Plan de Desarrollo Distrital y del Plan de Ordenamiento territorial (POT), de 10 a 15 días hábiles, prorrogable hasta por 10 días más.

También le asignaron otras competencias a la Comisión Segunda de Gobierno, como la de decidir sobre el ingreso y retiro del Distrito Capital a la Región Metropolitana y otras entidades de carácter asociativo.


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Así mismo, se aprobó la creación de la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer, con el fin de fomentar su participación en la misionalidad del Concejo en cuanto a control político y labor normativa. Esta Comisión, que deberá ser conformada dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del Acuerdo de Modificación, estará integrada por todas las mujeres concejales, así como los hombres y las diversidades que así lo deseen.

Cabe resaltar que la importancia de ajustar el reglamento interno se evidenció tras no poder debatir el POT de Claudia López el año pasado, debido a una serie de impedimentos y recusaciones que dilataron el avance de la discusión del proyecto.

Es por eso que la Comisión Segunda de Gobierno, presidida por el concejal Nelson Cubides, estableció un nuevo procedimiento y trámite para los impedimentos y las recusaciones, haciendo ajustes jurisprudenciales sobre la solicitud de algunos requisitos mínimos que se deben tener en cuenta para la aceptación de los mismos, cumpliendo con lo establecido en la Constitución y la Ley de trámite de impedimentos y recusaciones.

Finalmente, es importante mencionar que todas las modificaciones al reglamento deben ser aprobadas en segundo debate por la Plenaria del Concejo.