¿Con tantas condiciones vale la pena volver a fumigar con glifosato? | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 14 de Abril de 2021
Redacción Política

Tras la firma del decreto 389 del 12 de abril de 2021, el director de la Policía Nacional, general Jorge Luis Vargas, anunció ayer que ese cuerpo, “a través de la Dirección de Antinarcóticos se encuentra preparado, listo, para dar inicio a la aspersión aérea cuando se cumplan todos los protocolos expedidos”.

“Las aeronaves, que son de alta precisión, geolocalizadas, se encuentran ya en la base de San José del Guaviare”, precisó el alto oficial, señalando que ya están entrenadas las tripulaciones de “los helicópteros de seguridad y los (comandos) Junglas, que van a prestar todo el apoyo”, y que “las otras cinco bases de aspersión están terminando el alistamiento”.

La logística detallada por el general Vargas corresponde a los preparativos del Gobierno, que desde el año pasado le permitieron al fallecido ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, anticipar en varias oportunidades que la Fuerza Pública estaba lista para empezar a fumigar apenas se dieran las condiciones de ley, acorde con las órdenes de la Corte Constitucional.

Sin embargo, como informó ayer EL NUEVO SIGLO, pese a la emisión el lunes del respectivo decreto fija las condiciones para volver a usar el glifosato en las aspersiones aéreas, estas todavía no se pueden reanudar.

¿Por qué? Hay dos razones. La primera: faltan varias instancias por cumplir desde el punto de vista normativo, como el concepto positivo del Instituto Nacional de Salud (INS), el visto bueno de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la autorización del Consejo Nacional de Estupefacientes.

La segunda razón tiene que ver más con la efectividad misma del nuevo mecanismo sobre el terreno, ya que las condiciones en que se volvería a fumigar con glifosato sobre los narcocultivos son muy distintas a las que existían antes de octubre de 2015, cuando el gobierno Santos, tras la advertencia de una agencia adscrita a la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el posible riesgo cancerígeno por el herbicida, suspendió este tipo de operaciones antidroga.


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Así las cosas, para cumplir los drásticos condicionamientos ordenados por la Corte Constitucional para permitir de nuevo el uso del químico, el decreto emitido establece tantas excepciones sobre las zonas y circunstancias en que no se podría asperjar que, en realidad, en el día a día, serán muy pocas las regiones en donde se podría fumigar de forma intensiva y abierta.

De este modo, la fumigación aérea, que si bien puede cubrir varias decenas de hectáreas de narcocultivos en un día, mientras que por vía terrestre sólo se alcanzan tres, no entraría a ser la principal arma para acabar con los sembradíos ilegales, sino un mecanismo excepcional, contrario a lo que pasaba seis años atrás.

De hecho, en 2020, sin aspersiones aéreas, se marcó el récord de erradicación de 130.000 hectáreas por vía terrestre, ya fuera en operaciones de destrucción forzada o consensuada con campesinos cultivadores.

Muchas condiciones

Según el decreto, antes de proceder a la aspersión el Consejo Nacional de Estupefacientes debe definir el ámbito territorial donde se ejecutarán los programas y, en todo caso, debe excluir las áreas del Sistema Parques Nacionales Naturales y los Parques Naturales Regionales, los ecosistemas estratégicos como páramos, humedales categoría Ramsar y manglares, los cuerpos de agua y los centros poblados.

Si se excluyen todas las zonas que presentan una o más de estas características, es obvio que el margen de acción para los fumigadores aéreos es muy estrecho, ya que los condicionamientos son muy amplios, se requiere además de instancias de socialización con las comunidades de cada sector y hay un complejo esquema de entidades públicas y privadas que pueden ejercer constante monitoreo al resultado de las actividades de aspersión y prender las alertas - o incluso paralizar las operaciones- cuando haya evidencia de daño a la salud humana, sembradíos legales o el ambiente.

De igual manera, como ya se mencionó, todavía se requiere un concepto previo del INS y de la ANLA, que deben estar basados en la evidencia, la bioética y, según el propio decreto, en el principio de precaución.
 
No hay que olvidar que hoy se usa glifosato en la agricultura convencional, sobre todo como eficaz herbicida en sembradíos de algodón, maíz, arroz, caña, banano, pasturas para el ganado y café. Obviamente para acabar con la mata de coca, amapola y marihuana, la fórmula es más drástica.


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¿Vale la pena?

En este contexto cabe preguntarse si vale la pena fumigar cultivos ilícitos desde el aire con las condiciones decretadas.

Jorge Restrepo, director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (Cerac), le dijo a EL NUEVO SIGLO que, efectivamente, “la herramienta de aspersión aérea es una que puede servir, pero solo bajo unas condiciones muy exigentes: el uso de una tecnología de aplicación que permita precisión en la descarga sobre las plantas de coca, el uso de un herbicida efectivo para la destrucción del cultivo en lugares donde no haya población ni la posibilidad de contaminar cuerpos de agua o corrientes de agua de uso en actividades agropecuarias. También la identificación de áreas de cultivo persistente de gran extensión con cuidado agrícola activo y en zonas con condiciones de seguridad para los pilotos de las aeronaves”.

Restrepo señaló que “el decreto no cambia la política antinarcóticos hacia un uso más eficiente de recursos. Permitiría cumplir las condiciones sobre cuidado al medio ambiente y la salud, pero incrementa sustancialmente el costo de erradicación por aspersión por todos esos controles y medidas necesarias”.

En todo caso, como lo ha expresado el ministro de Defensa, Diego Molano, hay que contraponer a las dificultades un bien mayor: “Con la aspersión con precisión afectaremos a los narcocriminales que financian su guerra con drogas. El objetivo: lucha contra narcotráfico y reducción de hectáreas de coca. El decreto crea un marco normativo de aspersión con precisión, un paso más cumpliendo los requisitos de la Corte Constitucional”.

El alto funcionario señaló que la norma “establece que la aspersión aérea estará a cargo de la Policía. Tendrá un programa totalmente automatizado, solo aplicable en zonas con narcocultivos  extensivos industriales con presencia de grupos al margen de la ley”, mientras que “para reducir el número total de las hectáreas de coca se mantendrá la sustitución voluntaria de cultivos ilícitos” y “se mantendrá la meta de erradicar manualmente 130.000 hectáreas”, además de tener “aspersión por presión”.

Claro que hay quienes creen que, a pesar de las condiciones establecidas, el decreto no cumple con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional para reanudar la aspersión aérea como método de erradicación de cultivos ilícitos. Este es el caso del representante por el Putumayo, Carlos Ardila, del partido Liberal, quien anunció que demandará la norma ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Para Ardila, el decreto no cumple con los criterios de independencia sobre el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente, especialmente en las zonas más afectadas por los cultivos de uso ilícito, las mismas en las que la infraestructura pública es la principal ausente.

Así las cosas, pese a que desde el día 1 de su mandato el gobierno Duque insistió en reactivar el uso del glifosato en las aspersiones aéreas sobre narcocultivos, ahora que está cerca de poder hacerlo, sus resultados no serían los esperados.