Sancionan a ocho operadores de celulares por irregularidades | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 8 de Junio de 2022
Redacción Web

La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, sancionó a los operadores de servicios móviles Claro, Movistar, Tigo, ETB, Virgin Mobile, Móvil Éxito, WOM y Avantel, por violación del Régimen de Portabilidad Numérica con multas que ascienden a los $6.495.000.000.

En 2021, como consecuencia de quejas presentadas por usuarios, denuncias de operadores, actividades de inspección y requerimientos de información, la SIC inició las investigaciones pertinentes sobre el tema.


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Informó la Superintendencia que las indagaciones arrojaron que los ocho (8) operadores de telefonía móvil fueron halladas responsables de: 

  • Incumplir los pasos para hacer efectivo el trámite de portación, dispuestos por el regulador.
  • Rechazar solicitudes de portabilidad, sin cumplir con los requisitos establecidos en la regulación.
  • No cumplir los plazos máximos y los pasos previstos para adelantar las actividades a su cargo dentro del proceso de portación.
  • Desconocer el deber de suministrar la información requerida por la autoridad de manera exacta y completa.

Por el incumplimiento de lo anterior, se presentó una violación al Régimen de Portabilidad Numérica por desconocer el derecho que tienen los usuarios de escoger de manera libre su operador y conservar el número de su línea telefónica.

Los siguientes son los montos de las sanciones que le corresponden a cada operador por violar el Régimen de Portabilidad numérica de sus usuarios.

Almacenes Éxito $51.000.000; Avantel $139.000.000; Claro $2.491.000.000; ETB $323.000.000; Movistar $2.076.000.000; Tigo $916.000.000; Virgin Mobile $208.000.000; WOM $291.000.000; en total: $6.495.000.000.

Además de las sanciones económicas, se le ordenó a cada uno de los operadores una medida administrativa de carácter inmediato y permanente, con la finalidad de que se abstengan de realizar cualquier tipo de conducta que limite a los usuarios en su derecho de la libre elección de proveedor, de conservar el número de su línea, así como garantizar la continuidad del servicio.