La expectativa por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, frente a la detención preventiva dictada por una Sala de la Corte Suprema de Justicia esta semana, crece con las horas.
Con apenas tres días para preparar el recurso a fin de controvertir la medida de cárcel domiciliaria, a presentarse el próximo martes, el elemento central para la defensa del expresidente Uribe consiste en demostrar que el senador jamás actuó de mala fe y que las inferencias en contrario por parte de la Sala de Instrucción no tienen piso real.
No obstante, en la providencia de la Corte que sirvió de base para dictarle prisión domiciliaria y que inusualmente contiene más de 1.550 páginas (ver aquí el documento completo), se presume, en efecto, que el expresidente actuó dolosamente al buscar pruebas y documentos que sirvieran de base contra la decisión tomada por la Corporación que, como es de conocimiento público, llevó a la preclusión del caso por la compra de testigos contra el senador Iván Cepeda, del Polo Democrático.
En esa ocasión, la denuncia la hizo el mismo expresidente Uribe, pero la Corte consideró que no había méritos y terminó inhibiéndose. Al mismo tiempo, sin embargo, la Corte le abrió investigación al propio exmandatario, bajo la tesis de que, en el propósito de usar los recursos jurídicos para controvertir esa determinación, habría incurrido en los delitos de soborno en acción penal y fraude procesal.
Es decir, acorde con la definición de ambas conductas ilícitas, que el senador Uribe Vélez habría recurrido, de una parte, a dádivas y prebendas para conseguir pruebas espurias y, de otro lado, lo habría hecho con el fin de inducir a la alta corporación a error, con el fin de reabrir el expediente de Cepeda.
En esa dirección, se trataría asimismo de cambiar las declaraciones de testigos que, además, han dado versiones desfavorables en otro caso que se le sigue a la familia Uribe Vélez por paramilitarismo, según antigua denuncia del mismo Iván Cepeda. Ambos casos, pues, están íntimamente relacionados.
Para Sala de Instrucción de la Corte, en la providencia, no queda duda de que habiendo actuado Uribe Vélez de mala fe en la consecución de las pruebas y documentos antedichos, también haría lo mismo en el proceso que se le sigue por los delitos mencionados y, por lo tanto, fundamenta su decisión de dictarle casa por cárcel para proteger el recaudo de nuevas pruebas e impedir, según lo refieren, cualquier tipo de obstrucción a la justicia en que pudiera recaer. En suma, la Sala de Instrucción presume todo el tiempo el carácter doloso de la actuación de Uribe Vélez y es posible, en ese sentido, que la imputación tenga la misma dirección de la providencia en que se le dictamina medida de aseguramiento.
Pero la defensa del expresidente Uribe Vélez ha dicho que llegará hasta las últimas consecuencias para demostrar la inocencia de su cliente y que controvertirá la injusta medida que le han dictado. De hecho, la Corte ha concluido, en principio, que aquel es el agente determinador de los delitos en mención y que, por lo tanto, es el autor principal de las conductas aludidas que, en caso de comprobarse, podrían tener una tasación de seis a doce años de cárcel cada una y la ponderación respectiva.
En síntesis, el aspecto central de la extensa providencia radica en la pugna de si al expresidente Uribe le ofrecieron voluntariamente colaborar con testimonios, videos y documentos, como lo ha reiterado la defensa insistentemente, aduciendo su plena inocencia, o si ellos fueron producto de un plan premeditado de su parte, incluidas presiones, ayudas jurídicas y pagos a los eventuales testigos o sus familiares.