Amylkar D. Acosta M. | El Nuevo Siglo
Lunes, 6 de Junio de 2016
La ley de licores
 
Se tramita en el Congreso de la República el Proyecto de ley que reglamenta el ejercicio del monopolio rentístico de los licores consagrado en la Constitución Política y esta semana ya va para tercer debate en el Senado de la República. El año anterior hubo un intento fallido de hacerlo a través de la Ley del Plan de Desarrollo y se hundió por no hacerlo a través de un régimen propio, como lo manda la Constitución. En segundo lugar, no fue concertada y se trató de sorprender a los departamentos. Y tercero, que era lo más grave, prácticamente se acababa con el monopolio, no obstante que este está amparado por la Carta.
 
Esta vez, se corrigió el error de procedimiento y efectivamente se presentó como un Proyecto de ley de régimen propio, el mismo que estaba en mora de expedirse hace 25 años. Se dio una gran concertación, a través de múltiples foros abiertos en las regiones y se consultó a los gobernadores y gerentes de fábricas nacionales de licores. Adicionalmente, se establecen normas que preservan el monopolio en toda la cadena, esto es en la producción, la introducción y la distribución. 
 
Desde un principio de la discusión de este Proyecto planteamos de la Federación de Departamentos dos líneas rojas que no se podían traspasar sin lesionar a los departamentos. La primera, que no se menguaran los ingresos por concepto de recaudo del impuesto al consumo, dado que este representa el 16.2% de sus ingresos totales y más del 41% de sus ingresos propios y la segunda que no resultara nugatorio el ejercicio del monopolio. Según las proyecciones que se han hecho, tal como va la ponencia los ingresos por este concepto se incrementarán en un 20%. En cuanto al ejercicio del monopolio de producción los departamentos lo podrán ejercer directamente, tercerizándolo o mediante maquila, tal y como se viene haciendo actualmente. Para ello podrán optar las asambleas departamentales, a iniciativa del Gobernador ya sea por la modalidad de los permisos o de los contratos.
 
Se prevén normas tendientes a combatir tanto el contrabando como la adulteración de los licores, que oscilan alrededor del 25% en promedio cada uno. Se endurecerán las penas previstas en la Ley 1762 de 2015, de anti-contrabando, al ser considerados los licores como “producto sensible”, se amplía el control de los licores por parte de los departamentos al alcohol potable, se obliga a las casas matrices de los licores incautados a identificar su origen, se prevé implementar un sistema de señalización que permitan establecer la trazabilidad del producto desde el punto de producción o introducción al de venta. 
 
En suma, la ponencia que ahora se discute dista mucho del texto que repudiamos cuando se intentó llevarse de calle el monopolio rentístico de los licores, so pretexto de que Colombia estaba incumpliendo los TLC e infringiendo las normas de la OCDE, lo cual es absolutamente falso.