Carlos Alberto Estefan Upegui | El Nuevo Siglo
Martes, 10 de Noviembre de 2015

“Tamaña responsabilidad implica un compromiso serio”

DESORGANIZACIÓN

Asamblea de sector privado en CAR

SEGÚN  informe de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR-, para participar en el proceso de selección de representantes y suplentes del sector privado ante el Consejo Directivo de dicha institución; se recibieron 1.571 inscripciones, de las cuales se verificó el pleno lleno de requisitos de 495, acorde con lo estipulado en el Decreto 1850 del 16 de septiembre de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. No obstante, surtido el proceso de verificación de la documentación, solo 9 candidatos pasaron la prueba.
Es pertinente aclarar que la Asociación Nacional de Productores de leche -Analac- fue una de esos nueve, lo cual faculta a la entidad gremial para opinar sobre lo  sucedido en  desarrollo de dicho evento del pasado viernes 6 de noviembre, desde las 10:00 de la mañana hasta avanzadas horas de la tarde.
Lo cierto es que fue una asamblea desorganizada, llena de dificultades y de incoherencias sobre las que la CAR debe tomar nota y corregirlas, pues si bien es cierto, se trataba de una reunión de representantes del sector privado citada con el objeto de  elegir democráticamente a sus delegados ante dicho órgano directivo; y esta, según los asesores de la Corporación debía ser autónoma e independiente, o sea sin injerencia  ni ordenamiento alguno dictado por la institución, tampoco podía dejarse al garete de lo que allí pudiese ocurrir. Fueron varias las veces que hubo necesidad de exigir respeto y orden a los asistentes. Se trataba de elegir a quien debe desempeñarse en una posición pública, para la ejecución de recursos públicos dentro del marco de la política pública ambiental. Tamaña responsabilidad implica un compromiso serio y de mucho cuidado.
La selección de candidatos aun habiéndose hecho dentro del marco de las normas dictadas para el efecto, fue objeto de reclamos de parte de algunos inscritos que  supuestamente no eran aptos y a quienes solo les queda recurrir a la tutela, pues según la dirección jurídica de la corporación, el Decreto 1850/2015 no contempla la posibilidad de interponer recurso alguno. Iniciada la Asamblea hubo necesidad de requerir la presentación de los candidatos lo cual no aparecía en el orden del día, como si no hiciese falta que los electores conocieran a aquellos por quienes tendrían que votar. Alguien manifestó que ya habían tenido tres meses atrás para haberse hecho conocer lo cual por supuesto es muy relativo y solo favorece a quienes estando elegidos en períodos anteriores buscaran su reelección. Aun así, la presentación fue simple, sin darle la oportunidad a cada candidato de intervenir.
De otra parte, cuando se fue a constatar quiénes tenían derecho a votar, la sorpresa fue grande pues en varias ocasiones aparecieron dos personas dispuestas a hacerlo en nombre de la misma razón social, el representante legal de la respectiva organización y otro con un poder que supuestamente debió haberse conferido el mismo representante legal que a su vez negaba haberlo otorgado.
Nos preguntamos, entonces ¿quién expidió esos poderes? ¿Y qué pudo haber sucedido en aquellos casos en los que el representante legal no estaba presente para haber tenido la oportunidad de controvertir algún otro  probable hecho  similar?
Es aberrante una situación de esta naturaleza, mucho más si llegare a seguirse repitiendo cada 4 años, donde el sector privado puede llevar al Consejo Directivo  de la CAR a una persona idónea que exponga todas las dificultades e inquietudes que tienen los usuarios; además de contribuir con su experiencia al fortalecimiento de la política del manejo ambiental en el departamento de Cundinamarca y el país.