Clorpirifós | El Nuevo Siglo
Viernes, 30 de Diciembre de 2022

La Corte Constitucional dio a conocer por estos días al Sentencia T-343 de 2022, decisión mediante la cual ordenó al Instituto Colombiano Agropecuario – ICA suspender de manera inmediata los productos agropecuarios con el ingrediente actico clorpirifós, dicha molécula ya había sido descontinuada en Estados Unidos, Canadá, Argentina y la Unión Europea, teniendo en cuenta que los hallazgos científicos en los últimos veinte años señalaban que la exposición  durante el embarazo producía bajo peso en los bebés y formaciones cerebrales con algunas variaciones, además de afectar negativamente el coeficiente intelectual, causar trastornos psicomotores, déficit cognitivo relacionado con la capacidad de aprendizaje, atención y memoria de trabajo y alteraciones morfológicas del cerebro de los Niños y Niñas.

No se puede perder de vista que, desde hace un buen tiempo los estudios, realizados entre otras entidades, por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos -EPA- y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria -EFSA-, además de evidenciar los efectos negativos en los pequeños, también habían advertido del alto riesgo  que la exposición a la molécula generaba en adultos, entre otros, cáncer de mama, parkinson, diabetes, accidentes cerebrovasculares, parálisis respiratoria e incluso la muerte.

Lo sorprendente es que, siendo el Clorpirifós una molécula organofosforada que lleva en uso más de ochenta años, usándose en cultivos de trigo, maíz, soya, cítricos, manzanas, fresas, plátanos, verduras, y otros muchos alimentos, así como en bovinos, porcinos, caprinos, ovinos para controlar parásitos, la Autoridad Nacional Competente (ICA) estuviera más preocupada por salvaguardar los intereses de los fabricantes, envasadores, importadores y comercializadores que del interés superior de proteger, especialmente a nuestros Niños, Niñas y Adolescentes, razón por la cual no pudo demostrar ante la Corte diligencia alguna, por el contrario dejó al descubierto el mayor desinterés funcional.

Pero la actitud negligente del ICA, muy a pesar de lo señalado por la Corte Constitucional, es la moneda corriente en su actuar, así por ejemplo en el país se están utilizando al menos unas quince moléculas sobre las cuales hay reservas científicas muy bien documentadas sobre los efectos adversos en la salud humana, en el medio ambiente y en la salud animal, sin que la entidad haya activado su facultad de inspección, vigilancia y control para adoptar las medidas administrativas tendientes a proteger nuestro derecho fundamental a la salud, de paso sigue exponiendo a las generaciones futuras, pero como es natural, este tipo de entidades se quedaron viviendo en la sabanas de la legalidad sin que se advierta un auténtico compromiso por salvaguardar la Constitución, les interesa más las formas que el fondo. El Gobierno tiene un gran reto, transformar el ICA.

El fallo protege de manera directa lo más valioso de nuestra sociedad: los Niños, Niñas y Adolescentes y a las futuras generaciones; de manera indirecta protege a nuestras abejas y polinizadores teniendo en cuenta que el Clorpirifós es la segunda molécula que más está matándolos según reportes del ICA. Con sobrada razón celebramos que dentro de poco nuestros alimentos no contengan clorpirifós.

@domingoanimal, luisdomingosim@gmail.com