El pasado 15 de octubre el tribunal para el Distrito Sur de Ohio reconoció, por primera vez en la historia de los Estados Unidos, a un grupo de animales como personas jurídicas. Lo hizo a instancias de la solicitud exparte elevada por la comunidad de hipopótamos que viven en el río Magdalena en Colombia. Tal solicitud tiene fundamento en la sección 1782 del título 28 del Código Federal, que permite que un litigante en un proceso legal fuera de USA solicite a un tribunal estadounidense obtener evidencia para ser usada en procedimientos extranjeros.
De un tiempo para acá se viene promoviendo por algunos sectores gubernamentales y científicos, como la mejor solución una estrategia de muerte para desactivar el conflicto por la presencia de los megas vertebrados, denominada extracción por eutanasia, que según sus promotores elimine la presión sobre las especies nativas y el creciente riesgo a la integridad física de los humanos en la región. En vista de esa situación y sabiendo que, frente a las dificultades, el facilismo institucional tiende a optar no por la alternativa moralmente justa sino por la económicamente más favorable, se inició una acción popular con el propósito de buscar una solución equilibrada que protegiera a las especies nativas, a la población humana y por supuesto los intereses de los hipopótamos.
En Colombia los animales son legalmente seres sensibles, en muchas oportunidades la Corte Constitucional ha sostenido que los derechos de los animales pese a no encontrarse explícitamente relacionados por la Constitución deben ser tenidos en cuenta y protegidos, reconociendo que son parte del ordenamiento jurídico de manera innominada y, para su defensa ha dicho que es legítimo usar las acciones disponibles como la acción popular o la de tutela, mientras el Congreso desarrolla los mecanismos procesales idóneos para defender los intereses de los animales. Es la razón fundamental por la cual se acude a la acción popular, para defender los intereses de los hipopótamos e impulsar una solución integral y definitiva que tenga en cuenta sus intereses y que refleje el consenso moral actual en las relaciones de los humanos con los animales en términos de justicia.
El efecto concreto de la decisión americana es que legitima a los hipopótamos como gestores de sus intereses y, en tal condición, van a recoger pruebas en favor de su existencia, a través de sus apoderados los allegarán al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que se sumen a las demás pruebas y ayuden a dar elementos de juicio a la hora de dictar la sentencia. Los efectos que la misma pueda tener en los ordenamientos jurídicos está por construirse, pero por ahora queda claro que marcará precedente dentro de la jurisdicción norteamericana y muy seguramente pasará a ser un referente, con un valor vinculante a precisar dentro de la causa colombiana y será invocado como derecho innominado en las causas futuras en favor de los animales a nivel local y global.
@LuisDGomezM, @ludogomezm, luisdomingosim@gmail.com