Hugo Quintero Bernate | El Nuevo Siglo
Martes, 20 de Octubre de 2015

ARRECIFES

Neoextradiciones

La  prensa nacional informaba, entre alarmada y sorprendida, que en los Estados Unidos de América finalizó o está a punto de hacerlo, el trámite de una ley federal impulsada por senadores de Iowa y California de los dos partidos tradicionales de ese país, con la que pretenden cambiar radicalmente los parámetros de los hechos que darían lugar a la persecución penal de conductas relacionadas con narcotráfico en ese país. 

Se intenta involucrar cualquier hecho ocurrido en la cadena de producción, independientemente de dónde haya sucedido, en la competencia jurisdiccional de EE.UU. sobre la base de que el involucrado la haya realizado “a sabiendas, pretendiendo hacerlo o teniendo una causa razonable para creer” que el producto final puede llegar a EE.UU. o a cualquier punto a 12 millas de su territorio.

La alarma que la noticia ha causado en los medios tiene que ver con que, según la prensa, la ley federal estadounidense habilitaría la extradición de cualquier campesino cultivador de coca o amapola o la de cualquier raspachín que en Calamar (Guaviare) haya cosechado alguna hoja de coca o que en Mercaderes (Cauca) haya rayado algún bulbo de amapola para obtener el látex que componga el cargamento de cocaína o heroína que se haya preparado para exportar a EE.UU.

El problema de la extradición, como bien se sabe, no es únicamente sobre la jurisdicción del país requirente, sino, sobre todo, acerca de  la jurisdicción y la competencia del país requerido. Y Colombia en esta materia, con respecto a los Estados Unidos siempre ha carecido de una política autónoma. Se ha limitado a cumplir con las exigencias de ese país. De hecho, la legislación nacional ha venido simplificándose y reduciéndose en garantías de modo tal que es más probable ver callado a Uribe sobre el proceso de paz que negada una extradición.

De modo que la ley TDTA (por sus siglas en inglés) en realidad no genera ninguna alarma nueva. El riesgo de que un campesino colombiano, simple cultivador de coca o amapola (de marihuana ya no, porque California es el primer productor) sea extraditado no existe por razón de esa ley, sino por la política tradicionalmente entregadora de las autoridades colombianas.

El Ministro de Justicia advierte, con razón jurídica, que el riesgo no existe porque en tal caso el delito habría sido cometido en Colombia. Eso es cierto teóricamente, pero la práctica judicial dista mucho de cumplir con ese principio constitucional. Cualquier rastreo de los precedentes de la Corte permite hallar muchos casos de extradiciones autorizadas por hechos no solo ocurridos íntegramente en territorio colombiano, sino incluso que se han quedado en mera tentativa.

El caso de alias Simón Trinidad de las Farc es probablemente el más notorio pero no el único. Fue extraditado por el secuestro de los ¿contratistas? estadounidenses, un hecho ocurrido total e íntegramente en el departamento del Caquetá. 

Si con la ley Transnational Drug Trafficking Act, no se salvarán ni los campesinos cultivadores, ni los raspachines, habrá que ver lo que va a pasar con los que les cobraban impuesto de gramaje.

A los campesinos pobres no les queda sino alegar conexidad con el hambre.

@Quinternatte