En las últimas semanas se han producido hechos muy relevantes de orden judicial, que, a mi modo de ver, demuestran la independencia del poder judicial y fortalecen el Estado de Derecho. El primero de ellos tiene que ver con la decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente los efectos de ciertas normas, hasta tanto se produzca sentencia de fondo sobre su constitucionalidad. La relevancia radica en que, hasta la fecha, las leyes que se observaban abiertamente contrarias a la Constitución, mantenían su vigencia sin que existiera la posibilidad de suspender preliminarmente sus efectos jurídicos, generando en ciertos casos consecuencias irreparables.
A modo de ejemplo recordemos lo ocurrido a finales del 2021, cuando en la ley de presupuesto se incluyó un penoso y burdo artículo que suspendió la ley de garantías, permitiendo la firma de cientos de convenios interadministrativos, por parte de todas las entidades del estado, desconociendo el fundamento que limitaba este tipo de figuras en época electoral. Muy a pesar de que la Corte, meses después, declaró la inexequibilidad del citado artículo, determinando ciertos efectos retroactivos y ordenando una serie de medidas, en todo caso, fueron múltiples los convenios que se firmaron y ejecutaron en el entre tanto. La decisión de la Corte servirá para que, en adelante, los Gobiernos y el Congreso se abstengan de acudir a esa práctica perversa y recurrente, de aprobar leyes espurias a sabiendas de su inconstitucionalidad.
La otra decisión relevante, fue adoptada por la sección primera del Consejo de Estado, al suspender provisionalmente los efectos jurídicos del decreto 227 de 2023, por medio del cual el Presidente de la República reasumió funciones regulatorias en materia de servicios públicos domiciliarios delegadas a las comisiones de regulación de energía y gas y de agua potable y saneamiento básico. Entre otras razones, el Alto Tribunal señaló que la función de regulación del régimen tarifario de los servicios públicos fue asignada por el Constituyente de manera expresa a las Comisiones de Regulación, y, por tanto, el Presidente no puede reasumir funciones que no son de su competencia. Lo anterior supone que si el Gobierno quiere modificar las tarifas de los servicios públicos tendrá que acudir al legislativo, es decir, que será el Congreso de la República quién tenga la última palabra.
Es razonable que el Gobierno en su legítimo derecho, haga uso de los recursos jurídicos que considere pertinentes para defender su posición. Pero, más que eso, lo importante es que acate las medidas cautelares adoptadas y respete la independencia de la Rama Judicial. Esto es, que se mantenga el equilibrio de los poderes públicos como eje axial de nuestro sistema democrático. Aunque, dicho sea de paso, hace muchos años el legislativo viene subordinado a los exorbitantes poderes presidenciales.
El rigor jurídico de las medidas adoptadas, por demás, desprovistas de cualquier consideración política, envían un gran mensaje de independencia y fortalece la democracia colombiana. Por tanto, el camino que debería transitar el gobierno es el de la colaboración armónica de los poderes públicos, el diálogo institucional y la construcción de política pública con cada uno de los sectores destinatarios de las reformas legislativas.