El nuestro es un país de jueces, magistrados y “altas cortes”, pero de poca justicia, que, en lo penal, ostenta un vergonzoso índice de impunidad del 90% -del 100% en la JEP-, mientras que, en lo civil, laboral y contencioso, es un atropello permanente a los derechos ciudadanos.
Ahora tendremos nueva jurisdicción, la Agraria, con ley estatutaria aprobada, que definió su estructura y relaciones dentro del sistema judicial, la cual se encuentra en revisión en la Corte Constitucional. De otra parte, el proyecto de ley ordinaria, que establece competencias, procesos y procedimientos, acaba de ser aprobado en comisiones primeras de Senado y Cámara, faltándole los debates en plenaria de las dos corporaciones, con lo que el Gobierno no solo espera anunciar un resultado en medio de duros golpes, como el de la Ley de Financiamiento, sino mostrar el proceso como ejemplo de concertación.
Y en verdad lo fue, pues en la etapa prelegislativa el Ministerio de Agricultura abrió espacios en los que pudimos señalar, artículo por artículo, los sesgos y, sobre todo, las amenazas que representaba el proyecto original para el derecho a la legítima propiedad privada de la tierra, algo que yo venía reiterando en varios escritos en este mismo espacio, a resultas de mi compromiso con la defensa de los derechos de los ganaderos colombianos.
Fue también importante la concertación con el Congreso, que merece nuestro reconocimiento, principalmente en la audiencia pública convocada por la Comisión Primera del Senado, en la que los sectores interesados pudimos expresar y consignar por escrito nuestros reparos al proyecto, lo cual, no cabe duda, fue definitivo para los debates en las comisiones conjuntas y lo será para las plenarias.
¿Qué se logró? Sin entrar en detalles, primero: “desideologizar” el proyecto, suprimiendo o morigerando unos principios permeados por el sesgo, muy de las narrativas populistas de izquierda, de una ley pensada para “proteger” a unos sectores vulnerables e indefensos, de otros poderosos y perversos, un sesgo que acabo de ver hasta en el Noticiero del Senado, cuando anuncia la aprobación en comisiones con el subtítulo en pantalla de “Los campesinos contarán con jueces especializados”. ¿Los campesinos solamente?, me pregunto.
Segundo: acotar el desbordamiento de competencias, casi omnímodas y omnipotentes que el proyecto pretendía otorgar a los jueces agrarios; y tercero, y muy importante: recuperar para los propietarios de tierra el derecho a la fase judicial de los procesos agrarios, entre ellos la extinción de dominio y la expropiación, que el proyecto había cercenado para dejar la decisión de cierre en manos de la Agencia Nacional de Tierras.
¿Qué sigue preocupando? Primero: que al proyecto todavía le sobra ideología y sesgo, pues, como he reiterado, la ley debe proteger a la población vulnerable en términos del acceso a la justicia y de acompañamiento, pero ya dentro del proceso, frente al juez, todos somos y debemos seguir siendo iguales ante la ley, sin favorecimientos procesales que desvirtúan la noción misma de justicia.
Y sigue preocupando que, si bien la extinción de dominio por incumplimiento de la función ecológica de la tierra existe desde la ley 160 de 1994, es una espada de Damocles que sigue pendiendo sobre la nuca de los propietarios de tierra, en un país con autoridades ambientales “autónomas” y cooptadas por el clientelismo regional, y con una legislación ambiental difusa y difícilmente aplicable en un campo agobiado por la violencia.
Con o sin fase judicial, la extinción de dominio, justificada para corruptos y narcotraficantes, es a todas luces un castigo excesivo para la presunta violación de normas ambientales. Revisarlo es una tarea del Congreso en las plenarias que vienen.
@jflafaurie