Peripecias del Acuerdo | El Nuevo Siglo
Sábado, 2 de Diciembre de 2017

“La legitimidad no se consigue con mayorías precarias”

Termina con photo finish el año de fast track, como período excepcional que concedió la Corte al Congreso para legislar, en la mitad del tiempo ordinario, para la implementación del Acuerdo de paz con las Farc. En su último día, la votación de la creación de 16 circunscripciones transitorias especiales para la paz para la Cámara de Representantes, por ocho años, finaliza en el Senado con una votación en contra que entra en polémica por el gobierno que intenta ganar una diferencia de un voto en el quórum para la determinación de la mayoría absoluta requerida.

Esta es la reproducción idéntica de los momentos más álgidos de este proceso de paz. En un principio se cambia la norma constitucional por la cual se rige el plebiscito y se reduce el umbral de aprobación del 50% al 13% del potencial electoral, de manera que con sólo cuatro millones trescientos mil votos afirmativos de treinta de casi treinta y cinco millones votos habilitados para votar se refrendaba. Situación denominada en editorial de este diario como un miniplebiscito.

Así, el 2 de octubre de 2016 se somete el acuerdo al plebiscito y por una diferencia por encima del uno por ciento gana el No. Sin embargo, el gobierno decide firmarlo por su cuenta en el Teatro Colón y empieza el camino de su implementación por la vía rápida, con cerca de 50 iniciativas legislativas, en un término de seis meses que se prorrogaron por seis meses más.

La Corte Constitucional, en su acción de árbitro, da el visto bueno al fast track como mecanismo especial y le pone dos exigencias que fortalecen los pesos y contrapesos propios de nuestra democracia: permite la discusión de las leyes y reformas por parte del Congreso artículo por artículo y no en bloque, como se pretendía y no quedan sometidas sus proposiciones al  aval del gobierno.

Por esto queda en fuera de lugar controvertir la votación, por las circunscripciones especiales de paz, con razones traídas de los cabellos que rompen con el equilibrio constitucional y menos afortunado considerar que quienes desaprobaron el proyecto hayan querido dejar sin representación a las víctimas.

Por un lado, la mayoría absoluta tiene una definición muy clara. Su mismo nombre es totalizante, alude a todos los miembros de una corporación, puedan o no presenciar y ejercer el voto. Por otra parte no es bueno para la legitimidad del mismo proceso abstraer argumentos tan importantes como la posible injerencia en estas regiones de grupos armados ilegales, del narcotráfico y el derecho a la igualdad que tienen las organizaciones de víctimas no creadas en los últimos cuatro años o incluso los movimientos o partidos políticos con representación actual en el Congreso, otrora bloqueados en su ejercicio por los mismos hechos de violencia. Las víctimas deben ser honradas y lo importante es encontrar mecanismos nuevos que les garanticen una participación en equidad y sostenible, con puertas abiertas incluso dentro de los mismos partidos. La legitimidad no se consigue con mayorías precarias.

*Presidente Corporación Pensamiento Siglo XXI

uribemariaelisa@gmail.com