RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 29 de Noviembre de 2011

Mapiripán no es el único caso

 

 

Leyendo los comentarios sobre la audiencia que hizo la Corte Interamericana sobre el caso de Mapiripán el pasado 23, no pasó nada de nada. Colombia tendrá 90 días para entregar las pruebas de los “muertos vivos” y luego la Corte verá si “revisa” su sentencia por un hecho nuevo.

Los voceros del Colectivo dicen que a ellos los engañaron. Una vieja que vive a ocho horas de Mapiripán se inventó una trama, en la que participaron personas muertas antes de los hechos, y el Colectivo salió rampante a defender las víctimas, sin ánimo económico -¡eso no!- y sin más interés que los derechos humanos.

Y ahora la vieja y dos o tres de los muertos vivos serán investigados. No los autores del fraude procesal.

¿Qué va a pasar con los casos anteriores? ¿Es ésta la única historia de similares características? ¿Quién va a investigar, por ejemplo, el caso de los “19 Comerciantes” de 2004?

El caso de los “comerciantes” es emblemático. Pregunto si alguien del Gobierno, o de la Fiscalía se ha tomado el trabajo de leer esa sentencia que es un verdadero esperpento jurídico. No voy a detenerme en las falacias del raciocinio de la Corte para condenar al Estado. Voy a mencionar, sólo para hacer relación con Mapiripán, las indemnizaciones.

La Corte, en cuanto a los ingresos dejados de percibir por las víctimas y teniendo en cuenta el salario mínimo legal, fijó en equidad la cantidad de US$ 55.000 para cada una de las víctimas, más USD 2.000 por concepto de gastos hechos por los familiares para buscarlas. La Corte no tuvo en cuenta las diferentes edades y vida probable de las víctimas, ni menciona en la sentencia el monto del salario mínimo al que se refiere.

Por “daños inmateriales”, básicamente por la brutalidad con que fueron tratados los cuerpos -que, por cierto nunca aparecieron y por ende no se sabe cómo fueron tratados- y porque “los familiares de las víctimas han expresado padecer problemas de salud y psicológicos” fijó por este concepto indemnizaciones directas de USD 80.000 a favor de las víctimas ya muertas, más la misma cuantía a cada una de las cónyuges y compañeras permanentes -o a ambas, en uno de los casos-, más USD 50.000 a cada uno de los padres y de los hijos y USD 8.500 a los hermanos, - 94 hermanos (5.8 en promedio), incluso un primo que la Corte ordena tratar como hermano -porque vivía en la misma casa- y unos hijos o padres de crianza, aunque no se sabe muy bien qué significa eso. Si la víctima no tenía parientes o no se sabe de ellos, el Gobierno está obligado a buscarlos por la prensa, radio y televisión. Y debe suministrar -per omnia secula- servicios gratuitos de salud física y mental a los familiares afectados. ¡Olé!

La oportunidad la pintan calva. Que ésta no se desperdicie, como parece.

Coda. A “Timochenko” hay que cazarlo aunque esté en Venezuela.