Tunja Republicana | El Nuevo Siglo
Lunes, 10 de Marzo de 2025

 El 9 de diciembre de 1811, los 87 delegados elegidos como representantes de cerca de 80 poblaciones de la provincia, inspirados en los textos de las constituciones de Estados Unidos y de Francia, en alquimia con la tradición escolástica española y una ferviente fe católica ampliamente representada en ese colegio electoral por numerosos prelados, proclamaron la República de Tunja.

Este texto que marca el inicio de la “Primera República”, que debería tenerse como uno de los grandes  mitos fundacionales que ayudarían a superar una cierta tradición de desconocimiento y de desprecio por nuestro trasegar como Nación, no fue un documento formal sin consecuencias, sino una carta que  rigió efectivamente durante  varios años en el marco de las provincias Unidas de la Nueva Granada, y que sirvió de laboratorio para  los primeros  ejercicios del poder independiente en nuestro territorio.

Las querellas y luchas con la provincia de Cundinamarca, que el mismo año había establecido una monarquía constitucional que exigía la presencia del rey en estas tierras para poder ejercer sus potestades, o los debates sobre la originalidad y coherencia de los  preceptos consignados en esas y otras constituciones de ese periodo, han centrado  particularmente durante mucho tiempo las discusiones sobre esta valiosa etapa de nuestra historia, y han limitado el examen concreto de sus posibles  aportes, al punto que durante mucho tiempo se aludió a esta etapa con el mote despectivo de  la patria boba.

La Corte Constitucional en cabeza de su presidente Jorge Enrique Ibáñez Najar, en el marco de los diálogos constitucionales promovidos por esa institución,  brindan hoy una  magnífica oportunidad para reivindicar nuevamente, como lo hicieran el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia, en asocio con la Academia colombiana de Jurisprudencia, con ocasión del bicentenario de su expedición, la importancia  de la  constitución de Tunja dentro del proceso  de consolidación de nuestra identidad institucional y de la construcción de nuestro actual  Estado social y democrático de Derecho. Y esta vez en medio de una puesta en perspectiva de todo el itinerario constitucional de la República con sus riquezas y carencias, con sus frustraciones, pero también sus logros en cada etapa de esta larga historia de nuestro devenir institucional.

Las actuales generaciones deben poder identificar y valorar los aportes que se hicieron en cada uno de esos momentos, las razones por las cuales se lograron avances y algunas veces se frustraron los objetivos perseguidos, se distorsionaron o resultaron cumplidos por vías inesperadas.  

Hay en efecto unas líneas de continuidad, una permanencia en esta historia, pero por supuesto también rupturas, como lo ponía de presente Alfonso Gómez Méndez en una magistral conferencia en la Universidad del Rosario, a propósito de este itinerario. En él, la Constitución de la República de Tunja merece un lugar de privilegio.

Fue en efecto esta la primera que en la América Hispana desarrolló la forma republicana de gobierno y proclamó la ruptura con la monarquía, y que afirmo: “la idea de un hombre que nazca rey, Magistrado, Legislador o Juez, es absurda y contraria a la naturaleza”. Fue esa constitución pionera en la introducción entre nosotros de instituciones y de un lenguaje que más allá de las controversias subsistentes sobre sus fuentes de inspiración, y de la coincidencia con otras,  como la constitución nacional de Venezuela de 1811, marcaron la ruta de lo que luego vendría en nuestra arquitectura constitucional  alrededor de los ejes del respeto de las libertades  y garantías procesales, la separación de poderes, el control judicial, el carácter bicameral  del Congreso, los principios de mérito, responsabilidad y rotación en el ejercicio de las funciones públicas, inspiradas en los textos liberales  ya enunciados.  Así, dicha constitución dejó un legado común con los demás textos que en ese periodo se produjeron, en el que además se destaca, por ejemplo, la enunciación bellamente adaptada por sus redactores de los derechos y deberes de los ciudadanos.

Otros aportes les son atribuibles en particular, como la afirmación del principio de igualdad en el acceso a la educación: “Ni en las escuelas de los pueblos ni en las de la capital habrá preferencias ni distinciones, entre blancos, indios y otra clase de gente. Lo que en este Estado distinguirá a los jóvenes será su talento, y los progresos que hagan en su primera ilustración”. Igualmente, la introducción en la constitución de “disposiciones generales sobre los empleos”, en las que se destacan reglas de transparencia, o la de no poder acumular empleos, y otra sección sobre los juramentos específicos de ciertos servidores, o la regulación de la institución de los jurados en los juicios civiles, antecedente del arbitraje, o la posibilidad de revocar el mandato del Gobernador o del teniente gobernador, para solo citar algunos de ellos.  

Es pues la constitución de Tunja de 1811 un magnífico ejemplo de ese legado olvidado que debemos redescubrir y valorar para darle un sentido actual como mito fundacional de nuestra institucionalidad.

 @wzcsg