La Constitución de 1991 introdujo un sistema de justicia con varias cabezas de cierre, la Corte Suprema para la Justicia ordinaria, la Corte Constitucional para el control de exequibilidad que la escindió de una Sala de la Corte Suprema, el Consejo de Estado que ya venía operando para la jurisdicción contencioso administrativa, y el Consejo Superior de la Judicatura, con dos salas, la Disciplinaria y la Administrativa para el gobierno de la rama. Desde que entró en vigencia el sistema se han presentado constantes conflictos por competencias, que han dado lugar a los famosos “choques de trenes”. El proceso de paz con las Farc arrojó, por exigencia de ésta última otra corte, la JEP, totalmente desarticulada del sistema de justicia. Son cinco cabezas en las que se encuentra dividida la función jurisdiccional del Estado.
Por supuesto, que un sistema democrático debe tener tres organizaciones con funciones claras y con competencias definidas para las tres ramas del poder público; si una de ellas se encuentra divida en cinco partes, el control de pesos y contrapesos deja de ser eficiente. Divide y reinarás es el dicho que tiene que aplicarse, para entender el estado de cosas que arrojó el equivocado diseño de la Constitución del 91, que se viene agravando con los últimos acontecimientos. A eso se le suman las pérfidas funciones electorales que le otorga a las Cortes y la contaminación política de algunas Cortes al ser elegidos muchos magistrados por el Congreso de la República. Ni el Congreso eligiendo magistrados, ni los jueces eligiendo congresistas.
Hace algún tiempo escuchamos a un experto magistrado español que opinaba sobre el choque de trenes en España, entre el Tribunal Supremo y el Constitucional y señalaba que la única manera de superarlo era regresando al esquema de una sola Corte. También nos imaginamos lo que podría pasar en países de consolidada tradición democrática como EUA, si en lugar de una Corte Suprema, tuvieran cinco órganos de cierre; seguramente la democracia de desestabilizaría. Eso es lo que viene pasando en Colombia.
Una sola Corte, por lo menos para el tema de juzgamiento ordinario, contencioso y control constitucional, significaría una división en salas especializadas, con unas competencias del plenario, que evitarían los choques y robustecerían el control democrático en Colombia. No soy partidario de juntar en ello el Tribunal Electoral ni el Disciplinario, aunque podrían articularse. El gobierno de la rama debe seguir autónomo, pero articulado también con la Corte Suprema resultante.
Reformar la justicia y terminar con tanta escisión en sus funciones es una necesidad que se impone. Es una propuesta de viaja data que a buena hora se revive y retoma por uno de los candidatos que aspiran a regir los destinos del Ejecutivo en los próximos años; está muy bien que se abra el debate, que se ocupen de ello y realicen propuestas en uno u otro sentido. Se trata de un tema crucial que debe examinarse y reflexionarse a fondo, y lejos de descalificarlo se debe analizar con toda la responsabilidad y profundidad.