Vólmar Pérez Ortiz | El Nuevo Siglo
Viernes, 7 de Agosto de 2015

“Derecho a verdad y reparación de víctimas”

DIAGNÓSTICOS GENERALIZANTES

La justicia transicional

 

SE  ha admitido por la comunidad internacional que la construcción de un proceso de paz descansa sobre tres ejes: los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.  Tales derechos tienen un carácter complementario, es decir, que no se pueden ver en forma separada. En un proceso de negociación de paz, el reconocimiento de esos derechos tiene que avanzar en paralelo. Ello quiere decir que si no hay verdad, la reparación no es adecuada y tampoco habrá la justicia deseable.

En el proceso de paz que se adelanta en Colombia se tiene previsto conformar una Comisión de la Verdad que será integrada por representantes de las Farc y el Gobierno, cuyo informe será presentado en una etapa posterior. Por lo que se puede apreciar, parece que se piensa no optar por un modelo de verdad judicial, sino por una verdad extrajudicial, distinto a lo que ocurrió con la Ley de Justicia y Paz.

El problema de los comisiones de la verdad es que al carecer de sentido probatorio, sus informes pueden ser desestimados. Si quienes la lleguen a conformar son personalidades nacionales, se les buscará su orientación ideológica.  Son informes más para identificar contextos históricos y causas estructurales de las confrontaciones armadas. Por eso contienen diagnósticos un poco generalizantes que no pueden individualizar responsabilidades y, con ello, la satisfacción del derecho a la verdad queda incompleta. 

Los victimarios, en sus testimonios extrajudiciales, no se sentirán obligados a decir la verdad completa, sino a dar versiones a medias. Así ha ocurrido con los “paramilitares” desmovilizados en el marco de las diligencias de Justicia y Paz.  A pesar de tener la obligación legal de hacerlo, nunca van a decir toda la verdad, -sus abogados particulares así se lo aconsejan- porque creen que ello equivaldría a autoincriminarse ante una eventual intervención de la C.P.I.  Su mayor contribución con la justicia es colaborar con la localización de los cadáveres de los desaparecidos, pero nunca se acuerdan bien de nombres, ni de circunstancias de tiempo, modo y lugar. 

Por otra parte, no se conoce cómo sería la reparación individual de las víctimas.  ¿Van a aportar bienes? ¿Se va a crear un fondo de reparación? ¿Habrá reparación colectiva?  O se entienden por reparación los mecanismos previstos en la Ley de Víctimas.

En lo que corresponde al tema de la justicia, ¿habrá o no penas privativas de la libertad? Lo que le oímos al nuevo asesor de las Farc es que un grupo armado no se desmoviliza para ir a la cárcel.  Entonces, ¿sí es compatible la no privación de la libertad con las obligaciones que adquirió el Estado al suscribir el Tratado de Roma de 1998? Esas son preguntas que flotan en el ambiente.

Como dice el informe de la Comisión de la Verdad del Perú, la reconciliación no consiste únicamente en el perdón de los crímenes, ni en un encuentro entre el perpetrador y la víctima.  La reconciliación es un reencuentro del Estado con la sociedad y de la sociedad consigo misma.