Gremios: Uchuva 2 cumple con todas las regulaciones | El Nuevo Siglo
Los gremios señalan que tampoco se encuentra demostrada afectación directa relacionada con la actividad de pesca artesanal en el área./ArchivoENS
Lunes, 16 de Septiembre de 2024
Redacción Economía

LA ASOCIACIÓN Colombiana del Petróleo y Gas (ACP) y la Asociación Colombiana de Gas Natural (Naturgas) manifestaron su preocupación por el fallo de tutela que ordena la suspensión de la actividad de exploración de gas natural en el pozo Uchuva 2.

Las empresas de la industria del gas natural dicen que respetan y acatan las decisiones judiciales, sin embargo, “esta decisión compromete el abastecimiento de gas natural que beneficia hoy a 36 millones de colombianos, aun cuando las entidades competentes demostraron que no se vulneró el derecho fundamental a la consulta previa a la comunidad indígena de Taganga”.

En relación con el proyecto de Uchuva 2 y el cumplimiento de los trámites requeridos para su ejecución, la ACP y Naturgas señalan que el Bloque Tayrona del que hace parte el pozo Uchuva 2, está localizado a 31 kilómetros de la línea de costa, en aguas profundas (837 metros de lámina de agua) en mar territorial colombiano, en donde la empresa operadora ha ejecutado diversas actividades por más de 20 años, en cumplimiento del contrato firmado en 2004 con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).

Aseguran que las actividades exploratorias ejecutadas fueron aprobadas por las autoridades competentes. “La empresa operadora ha cumplido con todos los requisitos regulatorios y trámites requeridos, incluyendo la Determinación de la No presencia de Comunidades Indígenas en el área de influencia del proyecto, el licenciamiento ambiental, y la obtención de los permisos de la Dirección General Marítima (Dimar). Sus actividades se han adelantado cumpliendo los más altos estándares de calidad y sin ningún impacto ambiental registrado”, aseguran.

Indican que “con la ejecución del proyecto NO se vulneró el derecho fundamental a la consulta previa a ninguna comunidad indígena, toda vez que la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior (Dancp), mediante Resolución ST-1630 de 2023, confirmó la NO presencia de comunidades étnicas en el área de influencia del proyecto, y por tanto tampoco su afectación directa”.

Sostiene que “la certificación de no presencia de comunidades étnicas en el área de influencia del proyecto ha sido reiterada por la entidad en varios actos administrativos. Y en los 18 años que la empresa lleva ejecutando el proyecto, nunca se había manifestado ningún requerimiento o reporte de impactos por parte de la comunidad”.