Piden a Aerocivil no retrasar integración de Avianca y Viva Air | El Nuevo Siglo
PARA la Procuraduría no se debería demorar más la integración de Viva Air con Avianca. /Archivo.
Lunes, 24 de Abril de 2023
Redacción Economía

Luego de las alertas hechas por la Procuraduría sobre posibles errores en el procedimiento administrativo de integración entre Avianca y Viva Air por la intervención de terceros, la Aerocivil sigue sin dar respuesta a los recursos y continúa retrasando este proceso.

El día de ayer se presentó un nuevo reclamo del Ministerio Público, luego que la Aerocivil expidiera la resolución 00707 de 2023 en la que ahora la empresa Wingo aportó un dictamen sobre la asignación de slots, acción que para el ente de control no tiene ninguna validez normativa.

El pasado 30 de marzo, la Procuraduría delegada ante lo Contencioso Administrativo, interpuso recurso de reposición y en subsidio apelación, advirtiendo infracciones a la Ley 1340 de 2009, la misma que no permite la intervención de otras aerolíneas en el curso de la integración de Avianca y Viva Air.

De igual manera, la entidad advierte que “el dictamen aportado por la aerolínea Wingo es un trámite que demora de manera innecesaria el proceso de integración empresarial sobre un servicio público esencial y que contradice una norma de carácter especial”.

Llamado

Ante la situación, el ente de control reiteró su llamado a la Aerocivil para que no dilate los requerimientos hechos al proceso, pues han transcurrido más de 12 días hábiles sin resolverlos, lo que seguirá afectando no sólo el curso de la integración de Avianca y Viva Air, sino también el beneficio a los pasajeros.

Por otra parte, el viernes pasado, la Superintendencia de Industria y Comercio estableció un esquema de garantías que busca beneficiar a los consumidores, a la vez que pretende proteger a la competencia como condición para terminar la investigación que se encuentra adelantando frente a Avianca y Viva Air.

Esto es posible gracias a la Resolución 20743 del 2023, en la cual la entidad puede proceder a culminar con este proceso al cual se enfrentan ambas aerolíneas. La Superindustria aclara que la investigación que se ha estado adelantando puede culminarse de forma anticipada si “los investigados ofrecen garantías suficientes para suspender o modificar la conducta anticompetitiva investigada”.

Esto quiere decir que la culminación se hará efectiva en caso de que los compromisos asumidos por las partes investigadas generan beneficios para la competencia y para los consumidores, esto en comparación con lo que se lograría mediante una sanción.

Medidas

Para este caso, el esquema establecido por la SIC, contempla una serie de medidas estructurales que, según la entidad, busca “proteger la dinámica de competencia en el mercado de transporte aéreo y para beneficiar a los consumidores, principalmente aquellos que pudieron resultar afectados por la suspensión de operaciones de Viva Colombia y Viva Perú”.

Una de las medidas tiene que ver con “adoptar medidas que aseguren que actúen con independencia en el mercado, mientras Avianca y Viva no obtengan la autorización de la Aeronáutica Civil”.



Otro pedido de la Superindustria es “remover de sus cargos, de forma inmediata y definitiva, a todas las personas que puedan generar vínculos entre las partes investigadas”.

Asimismo, se establece que se debe “compensar a los pasajeros que resultaron afectados por la suspensión de operaciones de Viva Air como condición para culminar con la investigación. De igual manera, Viva y Avianca tendrán que establecer canales de atención especiales y diferenciados para atender todas las solicitudes de los clientes afectados”.

Señala el ente supervisor que “en caso de que haya una liquidación o disolución de cualquiera de las dos aerolíneas, este esquema de garantías se mantendrá vigente y será de carácter exigible respecto de las demás partes investigadas que continúen desarrollando su razón social”.

Además, se debe “implementar programas de cumplimiento enfocados a prevenir que, tanto Avianca como Viva incurran en conductas anticompetitivas y elaborar informes semanales por parte de un auditor externo para verificar el desarrollo de las garantías”.

La SIC, alertó que “el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el esquema de garantías representa una violación al Régimen de Protección de la Competencia que, en consecuencia, podría ser sancionado con la imposición de multas de hasta 100.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes de conformidad con el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009”.