El principio de autoridad | El Nuevo Siglo
Viernes, 21 de Octubre de 2022
  • Asonada indígena no es protesta social
  • Viabilizar la operatividad del Esmad

 

La aplicación del principio de autoridad legítima e instituida no solo es una prerrogativa sino también un deber de las autoridades. En una democracia la ciudadanía deriva en el Estado, y los gobiernos de turno como sus principales brazos ejecutores, la obligación de acudir al uso proporcional de la fuerza, como último recurso, para proteger la vida, honra y bienes de la población.

Esa definición básica del principio de autoridad es, lamentablemente, la que está empezando a quedar en vilo en Colombia. Impactaron al país las imágenes de un grupo de indígenas que el miércoles protagonizó graves desórdenes en el centro de Bogotá, causando heridas a más de una veintena de efectivos policiales y de los llamados “gestores de convivencia” del Distrito. En primer lugar, generó indignación y rechazo el nivel de agresión de los manifestantes contra los uniformados, que fueron golpeados y perseguidos por la turba, teniendo en varias ocasiones que ser salvados por la misma ciudadanía. Y, en segundo término, no pocos sectores del país se preguntan por qué la Policía no actuó con más anticipación y decisión para evitar que este caso degenerara en una asonada.

Frente a lo primero, es imperativo que los responsables de los ataques a los agentes policiales tienen que ser identificados y judicializados. La Ley de Seguridad Ciudadana agravó, precisamente, los castigos penales por agresiones a la Fuerza Pública. En modo alguno se puede permitir que el desborde violento de la protesta social desemboque impunemente en esta clase de circunstancias. Tras los paros y bloqueos en el segundo trimestre del año pasado, esa premisa quedó más clara que nunca y prueba de ello es que más de dos decenas de los integrantes de la llamada “primera línea” hoy están presos y procesados por delitos de distinta gravedad.

Más allá de las polémicas ayer en torno a la validez o no de los reclamos de los indígenas de la comunidad Emberá sobre presuntos incumplimientos de los acuerdos firmados meses atrás por la Alcaldía capitalina y el Gobierno nacional, en pos de que desalojaran el Parque Nacional y retornaran a sus resguardos, lo cierto es que nada justifica el ataque a la Fuerza Pública ni a ningún particular. Por el contrario, con la misma decisión que el Estado debe garantizar el ejercicio pacífico y legítimo de la protesta social, tiene que castigar a quienes se escudan en esta solo para generar desorden y violencia. Esta obligación institucional explica el alud de críticas a la controvertida propuesta gubernamental en torno a facultar al Presidente de la República para indultar a los integrantes de la “primera línea” capturados y procesados.

No hay que olvidar que ya en enero pasado se había presentado un problema grave con esta comunidad en la capital del país, cuando un vehículo recolector de basura atropelló y causó la muerte a una mujer embarazada y una menor de edad que hacían parte del grupo indígena que estaba ocupando el parque de La Florida. En lugar de esperar a que las autoridades asumieran la respectiva investigación del siniestro, una turba de indígenas procedió a linchar al conductor, que murió víctima de las graves heridas que le causaron. Por este caso solo hay un capturado pese a que fueron varios los agresores y homicidas.

En cuanto a lo segundo, es indudable que las posturas, objeciones y condicionamientos por parte de la Alcaldía de Bogotá y el gobierno Petro en torno al cómo, cuándo y para qué puede intervenir el Escuadrón Móvil Antidisturbios de la Policía (Esmad), han terminado por afectar la operatividad de dichas unidades que, dada la naturaleza de su función y el entrenamiento especializado, son las llamadas a afrontar este tipo de desórdenes y asonadas. Si bien es cierto que la prioridad de las autoridades debe ser buscar mediante el diálogo y el consenso la atención efectiva a los reclamos de quien protesta pacífica y legamente, cuando brota la violencia la Fuerza Pública debe actuar, obviamente respetando los protocolos operacionales, haciendo uso proporcional de la fuerza y acatando al máximo los derechos humanos.

Lo ocurrido el miércoles en Bogotá es un campanazo para el Gobierno nacional y la Alcaldía Distrital. Limitar, a priori, el rango operacional del Esmad solo incentiva el desborde delictivo de la protesta social, lesionando los derechos de toda la ciudadanía y debilitando la aplicación legítima, constitucional y legal del principio de autoridad.