Incertidumbre legislativa | El Nuevo Siglo
Lunes, 15 de Junio de 2015

La demanditis constitucional

¿Qué es lo que está vigente y qué no?

El   final de la primera legislatura esta semana deja muchos elementos para analizar, entre ellos una vez más la certeza del trámite parlamentario toda vez que las dos principales iniciativas aprobadas en este primer semestre tienen una gran sombra de duda sobre su plena vigencia ya que apenas sancionada una, y pendiente del último trámite de conciliación en el Senado la otra, hay una alud de demandas anunciadas desde distintos sectores.

La Ley del Plan Nacional de Desarrollo, que fue sancionada días atrás, de inmediato recibió la primera demanda por parte del Polo Democrático y se advierte que en menos de un mes varias otras serán interpuestas ante la Corte Constitucional alegando presuntos vicios de forma en el trámite en el Congreso así como violaciones de fondo a los mandatos de la Carta Política.

De otro lado la reforma de equilibrio de poderes, ya está prácticamente aprobada en el Legislativo y solo pendiente de la votación mañana del informe de conciliación en la plenaria del Senado, que muy seguramente será positiva, ya también tiene tras de sí varias alertas tempranas de denuncias por violaciones a la Ley 5 e incluso a las llamadas cláusulas pétreas de la Constitución. Hasta el Fiscal General de la Nación ya adelantó que está confeccionando una muy estudiada y detallada causa de inexequibilidad del Acto Legislativo ante la Corte.

En tercer lugar, asimismo, se escucharon en días recientes desde distintas ONG y sectores de izquierda que la reforma constitucional al fuero penal militar, aprobada días atrás en el Parlamento, será demandada por quienes consideran que está violando principios legales y constitucionales. Aun proyectos que  todavía no han culminado su trámite ya también han prendido las alarmas de no pocos sectores que los consideran contrarios a la normatividad vigente, como es el caso de la iniciativa que contempla la reforma al Código de Policía, que hasta tiene concepto negativo en varios de sus aspectos por parte del Consejo Superior de Política Criminal. Igualmente la Fiscalía se vio obligada a retirar el proyecto de reforma al Código de Procedimiento Penal que proponía la posibilidad de rebajas a los ya condenados, debido a la polémica que se formó porque dicho beneficio se pudiera aplicar a los procesados por delitos de índole sexual. Otras iniciativas que están en proceso de formación, como la que agrava las penas para quienes ataquen con ácidos y otras sustancias químicas, han sido blanco igualmente de campanazos sobre vicios de fondo que podrían ser fácilmente constatados en el examen de exequibilidad en la Corte.

Todo lo anterior pone de presente, una vez más, que es necesario que el proceso de debate y construcción de las leyes y los actos legislativos tenga un mecanismo más exigente que garantice que lo aprobado esté rodeado, no de polémica, sino que tenga un horizonte de certeza sobre su vigencia a largo plazo. Porque así como se está trabajando hoy lo que queda en evidencia es que por más que se respete la autonomía del Congreso como poder legislativo, al final la última palabra sobre lo que entrará en vigencia y se aplicará, la termina teniendo el máximo tribunal constitucional, cuyos fallos pueden demorar varios meses, creándose así un limbo institucional al no ser claro lo que es aplicable y lo que no de la reforma.

En algunos países el proceso de formación legislativa está acompañado por instancias, previas y de prerrequisito obligatorio que se encargan de revisar todos los proyectos que llegan a consideración de los respectivos congresos para asegurarse de que los cambios propuestos, más allá de que sean aprobados o no, no signifiquen una violación flagrante de los estatutos constitucionales vigentes. Esta clase de instancias garantiza que los parlamentarios no pierdan tiempo en iniciativas que luego terminan siendo tumbadas por los máximos tribunales debido a vicios de forma y fondo evidentes o fácilmente detectables.

Sería interesante estudiar en Colombia la posibilidad de una instancia similar en el Congreso para evitar lo que hoy está ocurriendo cada vez con mayor frecuencia: que gran parte de lo aprobado por Senado y Cámara apenas es sancionado recibe un avalancha de demandas, unas con fundamento y otras claramente peregrinas, pero todas causando un vacío institucional sobre lo que está vigente y lo que apenas tendrá aplicabilidad temporal mientras se producen los fallos de fondo de la Corte, cuya jurisprudencia en muchos casos no es atendida por los impulsores, ponentes y congresistas en el momento de darles vía a los proyectos.