EL NUEVO SIGLO: Para evitar el tema del turismo sexual en Medellín, ya sea con mayores o menores de edad, ¿es necesario una reforma penal para frenar este fenómeno?
FRANCISCO BERNATE: En lo absoluto. Cuando se trata de mayores de edad, el turismo sexual en sí mismo ya es un delito con elevadas sanciones, sin perjuicio de que eventualmente también puede haber una situación de trata de personas, cuando personas son movidas de un lugar a otro con el fin de realizar actos de prostitución.
El turismo sexual es el hecho de ofrecer precisamente paquetes turísticos donde se brindan servicios sexuales con personas. Eso está penalizado en Colombia.
En el caso de los menores de edad, la protección es muy amplia. La solicitud de servicios sexuales en menores de 18 años a cambio de cualquier tipo de contraprestación, es ya un delito. Si eso se materializa en menores de 14 años son delitos sancionados altamente.
De manera que, ninguna reforma se necesita. Las que se han hecho han sido bastante acertadas y con lo que tenemos se puede combatir este flagelo.
ENS: Si no hace falta la reforma en vista de que, como dice, las leyes actuales son acertadas, ¿qué está pasando que este tipo de situaciones continúan sin una respuesta contundente por parte de los entes?
FB: Eso es así. Desafortunadamente, no se están dando respuestas, no porque no existan leyes o porque las que existan sean laxas. Sí las hay y es una respuesta suficiente y contundente. Pero yo sí creo que es un tema de sensibilidad.
No se entiende cómo puede un extranjero entrar con dos menores a un hotel y nadie perciba nada irregular, ni se llame a las autoridades, ni se prevenga ese hecho, ni se niegue la entrada a la habitación.
ENS: ¿Por qué los extranjeros que terminan en esta clase de delitos se fugan de una manera tan fácil en Colombia?
FB: Pero aquí claramente todo apunta a una negligencia por parte de las autoridades que atendieron este caso, en primer lugar, porque efectivamente, según se ha ido conociendo las circunstancias sí daban a pensar que se estaba cometiendo un delito.
La Policía, a pesar de que tiene esta persona en un centro de reclusión transitoria, lo deja ir.
El problema no es de leyes, es de conciencia y de permisividad, sobre todo. Es muy desafortunada la situación en este caso, pues todo apunta a que efectivamente se podía anticipar esta situación y no se hizo.
Zona gris
ENS: ¿Hay una zona gris en la normatividad colombiana respecto al ejercicio del trabajo sexual?
FB: No, no lo hay, y menos respecto a menores de 18 años. Es clarísimo que es un delito tanto la actividad con estos menores como el hecho de convencerlos, inducirlos u obligarlos a ejercer la prostitución.
En el caso de los adultos es permitido el sujeto, digamos a ciertas condiciones más de seguridad en el trabajo. En Colombia es una cuestión que es legal para mal o para bien, pero es legal.
ENS: ¿Es viable, como lo planteó el alcalde de Medellín, que cuando se verifique que hay un adulto que demanda servicios sexuales con menores de edad en un establecimiento comercial, puede el local ser sometido a una extinción de dominio y no solo a un cierre temporal?
FB: El cierre temporal es una medida administrativa, pero en tanto que el inmueble fue destinado, digamos que violando todas las reglas de seguridad. De acuerdo a lo que está establecido en la legislación colombiana, el inmueble fue utilizado por una persona que, en este caso, sería el extranjero para la comisión de un delito, y ese es un evento que habilita la extinción de dominio.
De manera que, sí es posible la extinción de dominio y las fiscalías delegadas, claramente pueden abrir este proceso en contra de este hotel.
ENS: ¿Qué otras medidas -desde lo penal- se pueden adoptar para evitar que más menores de edad sigan cayendo en el delito de la prostitución?
FB: Lo importante es la conciencia que se debe hacer a personas, como a quienes están en la recepción de un establecimiento, como este que fue permisivo claramente con esta situación.
En general, yo creo que es un tema de sensibilidad y de concientización, porque creo que la parte judicial sí es muy efectiva, pero de nada sirve esto si no hay sensibilidad en los cargos como recepcionista o como administrador.